Ratificaron la absolución por legítima defensa a un hombre que asesinó al ex de su pareja

Se demostró que el imputado reaccionó al ser golpeado por el fallecido quien además tenía una restricción de acercamiento a la mujer por violencia de género. 

La Cámara Penal confirmó la absolución del hombre que en 2013 mató al exnovio de su pareja.
La Cámara Penal confirmó la absolución del hombre que en 2013 mató al exnovio de su pareja.

La Cámara Penal confirmó la absolución del hombre que mató al exnovio de su pareja al concordar de que se trató de un caso de legítima defensa.

El incidente se produjo el 4 de agosto de 2013. Martín Prado se dirigió a una casa de barrio Jardín donde había convivido con su ex  y la esperó en la vereda.

El hombre esperaba en la vereda cuando llegaron su ex y su novio en un auto. Allí se originó una discusión en la que le reprochó el estar con otra persona y le advirtió que no quería que se acercara a sus hijos, de 15 y 13 años.

Ante los gritos de Prado, la mujer ingresó a la casa y llamó a la policía para dar aviso de que el agresor, con el cual había roto la relación hacía tres años y tenía una orden de restricción de acercamiento por haberla golpeado, se encontraba allí amedrentándola.

Afuera, Prado fue a buscar al auto a Ramiro L. y le acertó un golpe en el rostro a través de la ventanilla. Le abrió la puerta y siguió golpeándolo sin dejarlo bajar.

Mientras lo ahorcaba, el imputado alcanzó un cuchillo que tenía en su vehículo y lo apuñaló debajo de la axila provocándole la muerte.

Ante los hechos expuestos los jueces Guillermo Llaudet Maza, Carina Lurati y Carolina Herández confirmaron la absolución por legítima defensa.