En 1990, el Poder Ejecutivo Nacional declaró al 8 de octubre como el Día Nacional del Patrimonio Natural y Cultural Argentino, mediante Decreto 2033, con el objetivo de fomentar en la sociedad la reflexión sobre el legado patrimonial que se construye en el territorio argentino.
La elección de dicha fecha se relaciona con la creación de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, a través de la sanción de la Ley Nº 12.665 en 1940, sentando esta ley, un importante precedente en materia legal, en cuanto a la preservación de los bienes patrimoniales.
El patrimonio natural y cultural se compone de todos aquellos bienes, tangibles o intangibles que definan la identidad argentina y poseen valor histórico, artístico, arquitectónico, ambiental, paisajístico, urbano. Asimismo, son patrimonio intangible las tradiciones, historias, danzas y relatos de transmisión oral, recetas familiares conservadas de generación en generación, entre tantas otras riquezas.
Educar en valoración del patrimonio es una tarea titánica y necesaria en todos los niveles de la vida. Para ello, es necesario conocer para valorar porque no se puede apreciar, por ejemplo un inmueble, sin indagar en su historia, su origen, la familia que la habitó, el barrio en el cual se inserta, los lenguajes arquitectónicos que se descubren en ella, incluso el desarrollo de la ciudad que la cobija.
Tempranamente, en Rafaela se crea la Comisión de Preservación y Defensa del Patrimonio Urbano por Ordenanza Nº 2435/91, como un órgano de consulta, asesoramiento y participación permanente para la elaboración de un Programa de preservación, cultural, histórico, monumental, arquitectónico urbanístico y ambiental.
Mediante Ordenanza Nº 2422 del mismo año se protege el primer inmueble en la ciudad, siendo el ex Banco Hipotecario en la intersección de bulevar Guillermo Lehmann y calle San Martín; hoy HSBC. Actualmente, con más de 30 años de funcionamiento, la ciudad cuenta con 112 bienes inmuebles protegidos, además de bulevares, plazas y placas conmemorativas.
Estratégico, dentro de la normativa local, es el Decreto Nº 35204 de 2011 que establece las dos categorías de protección local. Por un lado, los comprendidos en la Categoría Estructural que se encuentran dentro del catálogo con fichas de descripción, valoración y grado de protección y, se reconocen como elementos primarios dentro de la trama urbano de la ciudad configurando y otorgando identidad al paisaje urbano local.
Los bienes de Categoría Ambientales son todos aquellos inmuebles anteriores al año 1945 ubicados dentro del Casco Antiguo, y cuyas tipologías arquitectónicas dan como resultado “fachadas telón”. En ellos radica el valor ambiental, de conjunto y generar entornos proporcionados, muchas veces valorando el patrimonio modesto.
Asimismo, las protecciones se justifican en entender que el patrimonio es una construcción social, y como tal, dinámico y flexible, que las intervenciones van a pretender re-dinamizar un sector persiguiendo una mejor calidad de vida y que las construcciones de hoy son patrimonio futuro.
En la normativa local, los bienes catalogados y datos de contacto para dudas, consultas y sugerencias, se encuentran a disposición en la web municipal, dentro de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, en el apartado de la Comisión de Preservación y Defensa del Patrimonio Urbano accediendo a través del link.