Sorpresivamente, el Departamento Ejecutivo Municipal elevó este miércoles al Concejo Municipal el proyecto de reforma del Código Urbano. Esta ordenanza compendia una serie de normativas que regula el uso del suelo, la forma y dónde construir y con qué máximo de altura, entre otros puntos.
La última modificación había sido en 2008 y desde hacía más de tres años que estaba en permanente discusión. En buena parte de los puntos había unanimidad de criterios:
- Permitir la construcción de edificios en altura por fuera del triángulo determinado por Bv. Santa Fe, Roque Sáenz Peña y Avenida Mitre, generando “tejidos urbanos” o sectores específicos en la ciudad en donde se puedan construir.
- Extender algunas cuadras la posibilidad de hacerlo en los bulevares fundacionales.
- Superar el límite de 25 metros máximo de altura (el de la catedral) y llevarlo a 31 metros (unos dos pisos más)
- Si se construye un edificio con espacios para estacionar el 100% de los vehículos, se lo premiará con un piso más.
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El punto en donde no había uniformidad de criterio era el factor de ocupación de suelo, en particular, para los edificios. ¿Qué decían desde la Municipalidad? Que al ser Rafaela una ciudad plana, hay que encausar el agua. Y esto se hace con desagües, que requieren una inversión muy grande por parte del Estado. Y si la ciudad sigue creciendo -y por lo tanto, pavimentándose e impermiabilizándose-, no hay obra que aguante: por eso justifican que se inundan las calles del centro. Por eso, proponen dos cosas: en la reforma del microcentro, la primera obra será rehacer el desagüe en los alrededores de la Plaza 25 de Mayo. Y por otro lado, le pedían a los privados que dejen más espacio de absorción (superficie verde) en sus edificios. Esto se denomina “superficie absorbente”.
Los inversionanistas, por su parte, quieren maximizar el rédito. Y es por ello que quieren construir todo lo posible. Y si dejan una mayor “superficie absorvente”, entienden que no tiene sentido el negocio. Por eso, piden que se use ese criterio en los espacios verdes municipales y no en el sector privado. Además, planteaban que en algunos terrenos, se llega a una subdivisión de terrenos por herencia que impide la construcción. Ante esto, se decidió exceptuar la aplicación de la “superfiencia aborvente” en terrenos de menos de 200 metros cuadrados.