Atento al desastre ambiental que nuestra comunidad y región se encuentra asistiendo debido a los incendios forestales, el intendente municipal de Mina Clavero, Claudio Manzanelli, decretó asueto desde el lunes 30 de septiembre y hasta el martes 1 de octubre inclusive.
La decisión reside en la importancia y magnitud que ha cobrado con el correr de las horas este lamentable evento que puede derivar en riesgos en la salud latentes para las personas, a la vez que demanda por parte de la comunidad un mayor esfuerzo para enfrentar y afrontar las urgencias y peligros derivados del fuego. _Por tal motivo, el ejecutivo municipal difunde los siguientes artículos:
Artículo 1: *DECLÁRESE* la existencia de Peligro Inminente para la zona de Mina Clavero y aledañas, *debiendo afectarse la estructura y personal municipal para la asistencia a Defensa Civil y Bomberos Voluntarios.
Artículo 2: *DISPÓNGASE* una guardia mínima con la presencia de la *Ambulancia Municipal en los Centros de Atención Primaria de la Salud Municipales,* debiendo contar con personal capacitado para atender los casos de urgencias derivados de situaciones de salud provocados por el fuego y su derivación al Hospital Regional.
Articulo 3: *DISPÓNGASE* el *cierre de los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario* por razones de seguridad y protección a la salud de los niños y jóvenes.
Articulo 4:*SUGIÉRASE* a la comunidad y propietarios de locales comerciales que hasta el cese del peligro inminente *permanezcan en sus viviendas procurando evitar los lugares abiertos y actividades físicas*
Artículo 5: *CONVOCAR* a la junta de Seguridad Ciudadana y Defensa civil a los fines de coordinar las acciones necesarias y convenientes para la prevención de riesgos.
Articulo 6: *DECRETAR* asueto municipal en coordinación a las medidas adoptadas y disponer que el personal municipal deberá estar a disposición del Departamento Ejecutivo y Defensa Civil para la asistencia y colaboración de situaciones de emergencia que lo demanden.
Artículo 7: *DISPÓNGASE la vigencia de las presentes medidas hasta el 01 de octubre del corriente año incluido* salvo que la situación de riesgo inminente se agrave y hubiera necesidad de pedir la declaración de estado de emergencia ante el poder ejecutivo provincial.