A partir de este lunes el paso Cristo Redentor estará habilitado para el ingreso de extranjeros pero lejos de ser una apertura al turismo internacional, los posibles viajeros deberán cumplir con un requisito excluyente, tener familiares en territorio nacional, caso contrario le denegarán la entrada.
El sábado la directora Nacional de Migraciones, María Florencia Carignano, firmó la resolución que habilita a partir del lunes el paso fronterizo Cristo Redentor, entre otros en el país, y los aeropuertos internacionales, para que ingresen extranjeros a la República Argentina.
Sin embargo, a la par de la reapertura de las fronteras también hay medidas que limitan el posible arribo de visitantes.
Toda personas que no resida en el país, deberá tener un vínculo familiar directo en Argentina para poder ingresar.
Para justificar el vínculo el viajero deberá presentar documentación como un certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado y también una copia del DNI argentino del familiar a quien precisa visitar para justificar el viaje.
Además deberá completar una declaración jurada en la que se tendrá que exponer las razones de “necesidad” de la visita, presentar la constancia de PCR con resultado negativo que no tenga una antigüedad mayor a 72 horas y un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por coronavirus.
En la resolución se establece que “los extranjeros no residentes alcanzados por la presente medida deberán presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida”.
Fuente: Diario Uno