El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó hoy el recurso de la empresa italiana Enoitalia contra la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que le prohibió usar la marca "Antonio Rubini" por su similitud con las marcas argentinas "Rutini" y "Felipe Rutini".
El Tribunal General señaló en una sentencia publicada hoy que la EUIPO obró "acertadamente" al concluir que existía un riesgo de confusión entre las marcas, ya que representan al mismo tipo de productos (bebidas alcohólicas y vinos) y las dos marcas presentan "una gran similitud gráfica y fonética".
La empresa Enoitalia solicitó en 2010 el registro como marca de "Antonio Rubini", mientras que la empresa mendocina Rural Viñedos y Bodegas se opuso alegando que ya había registrado en la Unión Europea (UE) las marcas "Rutini" y "Felipe Rutini".
A pesar de que la EUIPO sentenció en 2012 que Rural Viñedos y Bodegas no había demostrado de forma efectiva el uso de dichas marcas, en 2013 la empresa presentó nuevas pruebas que llevaron a que, finalmente, la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE estimase el recurso de nulidad contra Enoitalia en su integridad.
La empresa italiana recurrió de nuevo en junio 2015 ante la EUIPO, que desestimó finalmente el recurso un año más tarde, ante lo que Enoitalia recurrió una vez más ante el Tribunal General de la UE que, una vez más, le ha dado la razón a Rural Viñedos y Bodegas.
A pesar de entender que hay una clara diferencia entre el nombre "Antonio" y "Felipe" que emplean las dos marcas, el TGUE señaló que el elemento distintivo de las dos es la segunda parte, "Rubini" y "Rutini", respectivamente, y que entre estas palabras sí existe un riesgo de confusión.
De esta forma, el TGUE sentenció que las diferencias entre las marcas no compensan la similitud gráfica y fonética entre ambas, habida cuenta de que, además, representan a los mismos productos.