Ambiente de Entre Ríos recuerda que está vigente la normativa para el uso de balnearios y playas en la provincia

En vista a la próxima temporada de uso de balnearios y playas, la Secretaría de Ambiente provincial recordó a municipios costeros la vigencia de la resolución Nº 084/07.

Ambiente de Entre Ríos recuerda que está vigente la normativa para el uso de balnearios y playas en la provincia
Playas de Entre Ríos/Vía Gualeguaychú

En vista a la próxima temporada de verano, la Secretaría de Ambiente de la provincia de Entre Ríos, recuerda a los municipios costeros la vigencia de la resolución Nº 084/07. La norma establece la obligación de llevar a cabo evaluaciones de la calidad del agua.

El municipio de Gualeguaychú firmó un importante acuerdo con la Fundación Azara

La normativa es de carácter obligatorio para quienes tienen balnearios o playas habilitadas por las municipalidades de toda la provincia. La acción fue generada en el marco del programa de Calidad de Agua que lleva adelante este organismo.

Playas y centros turísticos Entre Ríos
Playas y centros turísticos Entre Ríos

Las habilitaciones municipales surgen de la Ley de regulación del uso y aprovechamiento del recurso natural constituido por las aguas subterráneas y superficiales Nº 9172/98 (artículo 33º), en relación al aprovechamiento de playas públicas con fines turísticos, terapéuticos y recreativos, lo que conlleva un control para garantizar la aptitud de las aguas, en casos de inmersión total o parcial de las personas.

Por este motivo, desde el organismo provincial se indicó que resulta indispensable resguardar la salud de la población, además de potenciar el uso recreativo y turístico en zonas costeras. En ese contexto se recuerda que cada municipio debe elaborar su propio calendario de vigilancia, previsto en el art. 6º de la mencionada resolución.

La normaiva determina la toma de al menos cinco muestras de agua por mes, con una frecuencia de seis días, durante la temporada de baño. Este calendario debe ser remitido a la Secretaría de Ambiente, como autoridad de aplicación, junto con la nómina de los responsables del muestreo y análisis.