El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba dio un paso decisivo este jueves al aprobar por amplia mayoría la ordenanza conocida como Ficha Limpia. Esta nueva normativa reforma el Código Electoral Municipal y establece una prohibición fundamental: no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos municipales aquellas personas que hayan sido condenadas. La aprobación local se produce justo después de que una iniciativa similar no prosperara a nivel nacional en el Senado.
SE APROBÓ FICHA LIMPIA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA
La ordenanza especifica que la restricción aplica a quienes tengan condenas en segunda instancia por delitos dolosos. Esto abarca tanto las penas privativas de la libertad de cumplimiento efectivo como las de ejecución condicional. También se incluye la inhabilitación principal o accesoria, sin importar la naturaleza del delito doloso, siempre que esté tipificado en el Código Penal de la Nación.
Las sentencias consideradas pueden provenir de tribunales provinciales, nacionales o federales. La aprobación se concretó a través de un despacho de la mayoría que modificó el artículo 50 de la ordenanza 10.073, que rige el Código Electoral Municipal, y añadió el artículo 50 bis.
Este proyecto en la capital cordobesa surgió de la unificación de tres iniciativas previas y fue impulsado durante más de tres años por la concejal Soher El Sukaría, representante del PRO. Su aprobación en el recinto se logró después de haber recibido previamente el visto bueno en comisión.
Sin embargo, la ordenanza generó posturas contrapuestas dentro del cuerpo legislativo. La concejal Laura Vilches, del Frente de Izquierda Unidad (FITU), manifestó su fuerte oposición al proyecto, calificándolo de “proscriptivo”. Según Vilches, esta normativa representa una “avanzada de la Justicia” que se posiciona como un “tutelaje”, arrogándose la facultad de decidir quiénes están habilitados para postularse a cargos públicos.