La justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires declaró y dejó firme la legalidad del sistema de transporte por plataforma UBER, sujeto a reglamentación por razones de seguridad u orden público, informó hoy el departamento de Información Judicial porteño en su página web. Esto ocurre a menos de un mes de que la Legislatura porteña aprobase la llamada "ley anti-Uber", que endurece las penas a quienes transporten pasajeros de manera ilegal.
Tras celebrar una audiencia oral, el titular del Juzgado n.° 7 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Javier Buján, dispuso hoy absolver a un conductor del servicio de transporte privado a través de la plataforma electrónica UBER en relación con la infracción prevista y reprimida en el art. 6.1.49 segundo párrafo y 4.1.7 de la Ley 451, por entender que la conducta es atípica en el marco de la misma, dado que la actividad se constituye en un contrato de transporte privado innominado regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación con contratos conexos.
El conductor absuelto (su identidad no trascendió), había sido detectado trabajando sin autorización sobre la avenida Córdoba, en pleno Microcentro, el 16 de julio.
En primer lugar, el magistrado recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la legalidad de la empresa UBER, "considerada en las instancias previas como una actividad comercial lícita", cuando rechazó la queja del Sindicato de Peones de Taxi en agosto de este año.
Sin embargo, sostuvo que la licitud y la atipicidad de la conducta en faltas "en nada impide a que el Estado entienda pertinente reglamentar su ejercicio en cierta medida en miras a preservar el orden público y la seguridad (art. 28 y 42 CN)", tal como lo hizo la provincia de Mendoza recientemente, "pionera en el país en la materia de adecuación normativa en materia de transporte por plataforma digital, quien por Ley 9.086 creó la figura del 'Transporte Privado a través de Plataformas Electrónicas'".