La Comisión Nacional de Valores decidió este jueves reforzar las estrategias llevadas adelante por el Banco Central para evitar maniobras bursátiles que permiten la dolarización sin límites y además una renta financiera por ello.
El Banco Central había emitido el miércoles la comunicación A 6780 en la que estableció una nueva restricción para reducir el "rulo financiero" y, principalmente, "el contado con liquidación", que no son ni más ni menos que formas de huir del peso.
La nueva restricción estableció como requisito para el acceso al mercado de cambios por parte de personas humanas la presentación de una declaración jurada por parte del cliente (ahorrista o inversor).
En esa declaración el cliente debe jurar que los fondos comprados no serán destinados a la compra en el mercado secundario de títulos valores dentro de los cinco días hábiles a partir de la fecha de liquidación de dicha operación de cambio.
Esto es para evitar que un ahorrista compre dólares al precio oficial (58 pesos) y con esos billetes adquiera bonos soberanos que son vendidos minutos después a un tipo de cambio más alto (conocido como "dólar MEP"), de 62,50 pesos en la Bolsa de Comercio sin afrontar ningún riesgo.
En virtud de esa medida del Central, ahora la CNV decidió que los agentes de liquidación y compensación deberán contar con otra declaración jurada del ahorrista o inversor que manifieste que los dólares no provienen de una compra reciente.
Los dólares para comprar bonos o acciones no pueden ser producto de una operación en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) realizada en los últimos cinco días hábiles.
Asimismo, las operaciones de compra de valores negociables en dólares sólo podrán ser cursadas para ser liquidadas en el plazo de contado de 48 horas. Con esta decisión, la CNV le agrega factor riesgo al rulo financiero que ahorristas e inversores estaban realizando para ganar hasta un 7% en dólares con transacciones bursátiles.
"Los valores negociables acreditados por la compra no podrán ser transferidos para cubrir la liquidación de una operación de venta en pesos hasta haber transcurrido cinco días hábiles contados a partir de la acreditación de esos valores negociables", dice la nueva normativa de la CNV.
Esta resolución general entrará en vigencia el viernes 13 de septiembre, día en el que será publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.