“Un expediente sucesorio fue resuelto en apenas 45 días en el Juzgado en lo Civil en Familia y Sucesiones de la VIIIª Nominación del Centro Judicial Capital. El caso abarcó todas las etapas del proceso desde la presentación inicial hasta la sentencia definitiva y la entrega de hijuelas.
Este resultado fue posible gracias a la utilización de un modelo estandarizado de escrito de presentación inicial, diseñado e impulsado por el mencionado Juzgado, la Oficina de Gestión Asociada de Sucesiones del Centro Judicial Capital y la Oficina de Coordinación Estratégica de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán”.
Así lo señala el informe oficial de la Corte Suprema de Justicia de la provincia que luego indica que “la nueva herramienta consiste en un esquema de presentación inicial estructurado que guía al profesional en la carga de datos y documentos necesarios para el desarrollo completo del juicio sucesorio.
Este instrumento contempla variantes, según exista o no acuerdo entre las partes, y, contribuye, a evitar dilaciones desde el inicio del trámite.
Cuando hay consenso entre los herederos y la información fue correctamente consignada, el expediente puede avanzar sin nuevas presentaciones ni decretos intermedios, lo que reduce de manera considerable los tiempos de tramitación. Su diseño se fundamenta en las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán (Ley Provincial Nº 9.531)”.
La Dra. María del Carmen Negro, titular del Juzgado en lo Civil en Familia y Sucesiones de la VIIIª Nominación del Centro Judicial Capital explicó que “el código procesal establece una serie de formalidades que deben cumplirse en el escrito de inicio del sucesorio, las cuales se han ampliado y detallado con la sanción del nuevo Código Procesal Civil y Comercial en Tucumán. Muchas presentaciones no cumplían con estos requisitos, lo que desencadenaba el dictado de numerosos decretos y la imposibilidad de avanzar en las siguientes etapas del proceso”.
Destacó que “esta situación evidenció la necesidad de una herramienta clara que orientara sobre los nuevos requerimientos procesales, por lo que se desarrolló este recurso, guiado por principios de celeridad, concentración de actos, eficacia, eficiencia y accesibilidad”. Agregó que “es un proceso sucesorio en el cual todos los herederos se han presentado conjuntamente y de común acuerdo. Y el abogado ha podido utilizar completamente esta presentación inicial del proceso sucesorio, es decir, esta herramienta que contempla todas las etapas del proceso. Es justamente eso lo que ha permitido la conclusión en un tiempo tan acotado”. Puntualizó que el expediente incluyó apertura, declaratoria, sentencia definitiva, entrega de hijuelas y formularios para registrar bienes en menos de dos meses. Logramos una uniformidad y una estandarización en las presentaciones y también un orden en la documentación y en la información que se vuelca en estos formularios. Cuando la herramienta se aprovecha al máximo y los abogados aprenden a trabajar correctamente con ella, todo se vuelve mucho más eficiente y, por lo tanto, la celeridad termina siendo un resultado posible dentro del proceso, no solo un principio, sino algo real, algo tangible”.
Finalmente se explicó que “el desarrollo de esta herramienta fue el resultado de un trabajo articulado entre la doctora Negro, los doctores Ana Atienza y Mariano Gutiérrez de Oficina de Gestión Asociada de Sucesiones – respectivamente coordinadora y director de la oficina- y la Oficina de Coordinación Estratégica de la Corte.