La veda de la pesca se extendió hasta el 31 de diciembre debido a factores climáticos desfavorables para el desove y fecundación de la especie del Dorado. De esta manera, la Dirección General de Bosques y Fauna resolvió que no se realice más esa actividad en aguas de jurisdicción de Santiago del Estero.
El mismo organismo indicó que solo se admitirá la pesca y devolución del ejemplar, recomendando el uso de anzuelos lisos o sin rebarba, quedando prohibido el transporte y su comercialización. A su vez, lo permitido es por pescador, tararira o soco, 8 piezas y 40 cm. de tamaño mínimo; bagres, bogas y sábalos, 10 piezas con tamaño mínimo de 30 cm.
Cada pescador puede extraer un máximo de 15 piezas varias respetando los cupos, munidos de su correspondiente licencia de pesca deportiva que otorga la Subdirección de Fauna de Santiago del Estero.
Asimismo, informaron que se encuentra prohibido el uso de explosivo, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Sólo se permite la utilización de caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la orilla o embarcados.
Además, los puentes, caminos y banquinas no son lugares habilitados para el desarrollo de la pesca deportiva. Los controles se realizan en forma permanente y en todo el territorio provincial según la Ley 4.802 y sus decretos reglamentarios.