El gobierno de Santiago del Estero autorizó la práctica de la pesca deportiva sólo para quienes tengan domicilio en la provincia y bajo un estricto protocolo.
La Dirección General de Bosques y Fauna, del Ministerio de la Producción de Santiago del Estero, autorizó la pesca deportiva de 8 a 00 horas, cuando se podrá transitar con elementos de pesca, el DNI (para constatar el domicilio) y el carnet o licencia de pesca deportiva emitida por el organismo de aplicación provincial.
El nuevo protocolo también exige cumplir "con las disposiciones del gobierno provincial, en cuanto a libre circulación y desplazamiento dentro del departamento" Asimismo,"se encuentra terminantemente prohibido acampar y permanecer en el río fuera del horario estipulado; en caso de hacerlo será motivo de la correspondiente sanción", añadieron desde el organismo provincial.
También expresa que "queda terminantemente prohibido el ingreso de personas o ciudadanos de otras provincias y países" para la pesca deportiva.
Detallaron que se permite la pesca de costa, no así embarcado, considerando embarcación todo elemento para desplazarse sobre la superficies del agua, por ejemplo, Kayak, Piragua, Canoa, Balsa inflable, Bote a remo, Bote inflable o semirrígido, Bote a motor, Lancha, Aerodeslizador, etc.
A la vez, los pescadores deberán contar con todos los elementos para prevención de la Covid-2019, llevar barbijo o tapaboca, alcohol en gel o bien solución sanitizante de alcohol al 70%, solución de hipoclorito en agua y si la situación lo amerita usar atomizador y guantes descartables.
"Se limita la concurrencia a los adultos mayores de 60 años y quienes integren los grupos de riesgo por enfermedades preexistentes; como así también de aquellas personas que por depender de la administración pública provincial, se encuentren licenciados de desempeñar sus funciones", manifestaron.