La Cámara de Diputados de Mendoza envió el proyecto de creación de un Programa Provincial de Cuidado Integral de Niños, Niñas y Adolescentes con cáncer al Senado para su revisión tras debatir algunas modificaciones en la comisión de Salud.
La denominada “Ley de Oncopediatría”, es impulsada por el senador Marcelo Rubio (UCR) y la diputada Cristina Pérez (FdT-PJ) y tiene como objetivo central reducir la morbimortalidad por esta patología en niños, niñas y adolescentes, y mejorarles la sobrevida global de los pacientes, su calidad de vida y la de su entorno familiar.
Además, buscan aumentar su estancia local sin alterar la calidad de la atención; garantizar equidad al acceso de tratamiento en toda la provincia; establecer un sistema eficiente de referencia y contrarreferencia que asegure el correcto y oportuno diagnóstico y tratamiento, asegurar la calidad de los servicios médicos para una detección temprana, diagnóstico y tratamiento desde un enfoque de derechos.
También, establecer un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación del programa; elaborar lineamientos programáticos y guías prácticas para la detección, diagnóstico y tratamiento de niños, niñas y adolescentes hasta los 19 años; gestionar el funcionamiento en la red de los centros médicos que atienden a estos pacientes a nivel provincial, garantizando su seguimiento durante y después de su internación hospitalaria, fortaleciendo el sistema de referencia y contrareferencia de atención médica.
Por otra parte, prevé capacitar a los equipos de salud, en especial de patólogos, anestesiólogos, paliativistas, psicólogos y trabajadores sociales, sin perjuicio de que luego sean incorporadas otras especialidades médicas. Y en esta misma línea, establecer un equipo de médicos paliativistas que realicen un abordaje desde el momento de la detección de la enfermedad y durante el tratamiento, a fin de tratar con una perspectiva integral el dolor del paciente.
Así como también priorizar las intervenciones quirúrgicas por causas oncológicas, respecto a otro tipo de intervenciones, estableciendo criterios específicos a fin de que los tiempos de espera para una práctica de este tipo se reduzcan al menor tiempo posible. Y promover la aplicación de guías de prácticas terapéuticas o protocolos, para el tratamiento del cáncer.
El Programa expedirá un certificado oncológico para pacientes que se encuentren bajo tratamiento, que facilitará la atención psicológica, ayuda económica, transporte y un lugar de pernocte en caso de internaciones largas, incluyendo las licencias que pudieran corresponder según la legislación vigente.
Los efectores públicos que cubran tratamientos oncopediátricos deberán asistir clínica y administrativamente a los pacientes en busca de solucionar controversia con Obras Sociales y las autorizaciones de tratamiento pertinentes conforme a la norma vigente
El Ministerio de Salud podrá celebrar convenios con los municipios, con el fin de facilitar el traslado, la asistencia psicológica, kinésica y rehabilitación, servicio de sepelio, remodelación de vivienda comprendiendo mano de obra y material, o alquiler de vivienda como así también el suministro de eléctrico y de gas en caso de ser necesario, mientras el paciente lo requiera por su estado de salud, así como toda otra asistencia o ayuda que sea requerida, previa intervención y evaluación de los servicios asistenciales municipales, procurando la recuperación y el tratamiento digno de todo paciente oncopediátrico. Tanto la provincia como el municipio que haya convenido, son garantes de lo establecido.