El martes, la Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza aprobó, por unanimidad, el proyecto del Ejecutivo que endurece las sanciones para los conductores ebrios, a través de modificaciones a la Ley de Seguridad del Tránsito (9024) y del Código Contravencional (9099).
La nueva norma prevé multas -reguladas por la ley de Tránsito y otras por el Código Contravencional – para los conductores que manejen en estado de ebriedad, dependiendo de la graduación alcohólica.
De 0,5 a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las sanciones son solamente viales y las determina el juez de tránsito y cuyas penas son: la inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $36 mil y $72 mil (entre 3 mil a 6 mil unidades fijas) y retención de la licencia de conducir.
Por otro lado, con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta pasa a la órbita contravencional y establece multa de 4 mil a 9 mil Unidades Fijas (de $48 mil a $108 mil); inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días y arresto de hasta 30 días.
"Queremos ponerla en práctica totalmente, a partir del 21 de septiembre, el Día del Estudiante. Vamos a estar a pleno con la nueva ley de tránsito que tiene penas severas para quiénes conducen en estado de ebriedad. Esas penas tienen multas muy grandes que van escalando al ritmo de la inflación, van a ser multas que la ley va a quedar armónica con los cambios de nuestra moneda", aseguró el gobernador Alfredo Cornejo.
"Vamos a tener una etapa de aprendizaje, de comunicar esto en los puestos policiales, pero a partir del 21 de septiembre se va a aplicar drásticamente. Tiene también previsto en algunos casos, con más de un gramo, el arresto, será en lugares que no sean la penitenciaria, sino en comisarías, preventores, distintos lugares. Ese arresto es una pena que dictan los jueces, no la policía, la multa la dicta la policía", detalló Cornejo.