Se aproxima el final del juicio por la muerte de Fernando Báez Sosa, luego de tres años, el miércoles 31 de enero se conocerá la sentencia que definirá la suerte de los rugbiers procesados.
El verando del 2020 en Villa Gesell se produjo la muerte de Fernando quien falleció luego de una pelea que tuvo con los rugbiers que hoy están en el banquillo de los acusados.
“Si no es perpetua no es justicia”. La leyenda está en los carteles, en las redes sociales y en los comentarios alrededor del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa (18). La foto, su sonrisa enorme, acompaña un pedido que, finalizada la etapa de prueba, abre un camino de incertidumbre: ¿perpetua es justicia?
La decisión estará en manos de los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari que, pasados los alegatos, darían a conocer su decisión el 31 de enero, aunque la fecha no fue anunciada.
Máximo Thomsen (23); Luciano Pertossi (21); Ciro Pertossi (22); Lucas Pertossi (23); Ayrton Viollaz (23); Enzo Comelli (22); Matías Benicelli (23) y Blas Cinalli (21) llegaron a juicio acusados de homicidio doblemente agravado, por haberse cometido con alevosía y por premeditación.
La hipótesis que los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García intentaron probar. El particular damnificado, en este caso los papás de Fernando, fueron representados por Fernando Burlando, Fabián y Facundo Améndola y Germán Facio. La parte acusadora anticipó en los alegatos de inicio que el objetivo sería probar que los ocho acusados tuvieron un plan coordinado con división de tareas.
Pero, luego de 13 audiencias, y con toda la prueba expuesta, se abre un abanico de posibilidades que definirían la suerte de los jóvenes.
Los argumentos de cada una de las partes se sabrán el próximo miércoles y jueves, cuando expongan los alegatos. Luego, los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores darán a conocer su decisión.
Las posibilidades que establece ley habilitan diferentes escenarios y distintas penas para los ocho acusados, varios de ellos integrantes de un equipo de rugby de Zárate.
Homicidio doblemente agravado
Los acusados llegan con esta calificación legal que les valió, además, tres años de prisión preventiva. Es tan grave la pena del delito por el que son juzgados, que llegaron a esta etapa detenidos.
La alevosía está “marcada por la ventaja de quien mata”. Cuando el atacante usa “medios, formas y modos que tienden directamente” a asegurar el delito “sin riesgo”, es decir sin correr peligro durante la agresión, establece el código.
La brutal golpiza, las patadas en la cabeza una vez que estaba tendido en el suelo lo colocan en un lugar de indefensión, además de que los agresores impedían que sus amigos pudieran ayudarlo: Fernando era vulnerable, no se pudo defender. Esos elementos encajarían en esta figura legal o al menos así lo sostiene la parte acusadora.
Pero ¿por qué es importante la premeditación? Los amigos de Fernando hablaron de “emboscada” en sus declaraciones. Y Burlando se refirió a “un plan”. La planificación del homicidio, del ataque y la golpiza que terminó con la vida Fernando refiere a una “coordinación” entre los ocho jóvenes: todos estuvieron de acuerdo, cumplieron roles preacordados y serían igual de responsables del crimen.
En ese escenario, los ocho acusados serían responsables y considerados coautores del crimen. La pena, perpetua para todos.
“La alevosía es actuar sobre seguro, no voy a correr ningún riesgo. Por cómo le pegaron, podría entenderse de esa manera”, explicó la abogada penalista Valeria Carreras.
Si los jueces coinciden en la argumentación de la fiscalía y del particular damnificado, con los elementos presentados durante el juicio, todos podrían recibir la pena máxima, que en Argentina es de 35 años.
Los acusados llevan tres años en la cárcel y, a pesar de que habrá instancias de apelación hasta que la sentencia quede firme, lo más probable es que regresen a un penal.
Este es el peor escenario posible para los acusados, no sólo porque por su edad vivirían más tiempo en la cárcel que en libertad, si no porque irían a un penal de máxima seguridad. Allí sería más complicado que cuenten con el beneficio de mantenerse juntos y aislados del resto de la población carcelaria.
Participación secundaria
Si los jueces entienden que no hay elementos para probar que hubo un plan previo y coordinado, el agravante de la alevosía habilita, de todos modos, la posibilidad de que se aplique la pena máxima. Pero abre un nuevo camino: la participación secundaria.
Con esta figura ya no se los entendería a los ocho como coautores, sino que algunos serían considerados responsables del crimen y, otros, cómplices.
Los acusadores intentaron demostrar con videos y el relato de los testigos que todos los involucrados fueron responsables, por golpear a Fernando o por evitar que sus amigos pudieran ayudarlo.
Pero ¿por qué es importante la premeditación? Los amigos de Fernando hablaron de “emboscada” en sus declaraciones. Y Burlando se refirió a “un plan”. La planificación del homicidio, del ataque y la golpiza que terminó con la vida Fernando refiere a una “coordinación” entre los ocho jóvenes: todos estuvieron de acuerdo, cumplieron roles preacordados y serían igual de responsables del crimen.
En ese escenario, los ocho acusados serían responsables y considerados coautores del crimen. La pena, perpetua para todos.
“La alevosía es actuar sobre seguro, no voy a correr ningún riesgo. Por cómo le pegaron, podría entenderse de esa manera”, explicó la abogada penalista Valeria Carreras.
Si los jueces coinciden en la argumentación de la fiscalía y del particular damnificado, con los elementos presentados durante el juicio, todos podrían recibir la pena máxima, que en Argentina es de 35 años.
Los acusados llevan tres años en la cárcel y, a pesar de que habrá instancias de apelación hasta que la sentencia quede firme, lo más probable es que regresen a un penal.
Este es el peor escenario posible para los acusados, no sólo porque por su edad vivirían más tiempo en la cárcel que en libertad, si no porque irían a un penal de máxima seguridad. Allí sería más complicado que cuenten con el beneficio de mantenerse juntos y aislados del resto de la población carcelaria.
Participación secundaria
Si los jueces entienden que no hay elementos para probar que hubo un plan previo y coordinado, el agravante de la alevosía habilita, de todos modos, la posibilidad de que se aplique la pena máxima. Pero abre un nuevo camino: la participación secundaria.
Con esta figura ya no se los entendería a los ocho como coautores, sino que algunos serían considerados responsables del crimen y, otros, cómplices.
Los acusadores intentaron demostrar con videos y el relato de los testigos que todos los involucrados fueron responsables, por golpear a Fernando o por evitar que sus amigos pudieran ayudarlo.
Los golpes, las marcas de la zapatilla de Máximo Thomsen, el ADN de Blas Cinalli en un dedo de Fernando y la ubicación de los responsables podría ser interpretado para centralizar la acusación: los que dieron los golpes que provocaron las muerte son los responsables del homicidio.
Según la pericia de autopsia, Fernando Báez Sosa “falleció en forma traumática, producto de un paro cardíaco traumático por shock neurogénico producido por múltiples traumatismos de cráneo que generaron hemorragia masiva intracraneana sin fractura ósea”.
Si bien el informe, cuestionado posteriormente por el perito de la defensa, establece que Fernando murió por los golpes en la cabeza, no fue sólo uno el que provocó la muerte. A Fernando le pegaron por turnos.
En ese escenario, aquellos que participaron de la agresión pero no se pudo probar que hubieran, efectivamente, golpeado a la víctima, podrían ser considerados partícipes secundarios. “Se considera que prestaron ayuda necesaria para cometer el delito, en este caso el homicidio”, ejemplifica un fiscal de la zona Oeste del Conurbano.
“Serán reprimidos con la pena que corresponde al delito disminuida de un tercio a la mitad”, es decir que si los jueces consideran que algunos de los integrantes del grupo fueron responsables del homicidio y los otros actuaron como partícipes secundarios y no como coautores, podrían recibir la pena de diez a 15 años. O de 15 a 20 años si la condena para el resto es de reclusión perpetua.
Homicidio simple o con dolo eventual
Otra de las alternativas posibles, aunque quizás la más improbable, es que el tribunal no encuentre agravantes en el homicidio ni por la alevosía, ni por la premeditación. En ese caso correspondería la pena de prisión de 8 a 25 años.
La figura del dolo eventual, con la misma pena, sería -dentro de los peores escenarios- la alternativa más leve para los acusados: esta calificación legal se aplica cuando para la justicia la persona tuvo que “haberse representado que, al realizar determinada acción, podría ocasionarle la muerte a alguien”.
En este caso, por ejemplo, pegar patadas en la cabeza a una persona indefensa. Según establece el código penal, a pesar de saber el daño que podría causar el acusado “continuó con su accionar” y no hizo nada para evitarlo.
Homicidio en riña
Las declaraciones espontáneas de Thomsen, Ciro, Luciano y Lucas Pertossi, y de Blas Cinalli fueron en la misma línea: no respondieron preguntas sobre el resto de los acusados, coincidieron en que “no sabían” lo que había pasado y en que no “participaron de un plan para matar a nadie”.
Así, la estrategia de la defensa apunta a eliminar el agravante de la premeditación y apuesta a que los jueces interpreten la muerte de Fernando Báez Sosa en el contexto de una “riña” o una pelea: “Lo primero que hago es defenderme tirando patadas. Pero jamás en la vida con la intención de matar a alguien”, dijo Máximo Thomsen.
En la última audiencia Lucas Pertossi declaró: “Nunca le pegué a Fernando Báez Sosa, no lo toqué, no participé del plan de asesinato de matar a alguien: solo fui de vacaciones”.
Fuentes consultadas por Clarín explicaron: “El homicidio en riña se da cuando actúan dos o más personas en dos grupos pero no se identifica quién es el responsable de la muerte. Todo el grupo es responsable porque no se puede individualizar al que dio el golpe fatal. En esos casos se toma por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona, en este caso, fallecida”.
Todo indicaría que la estrategia de Hugo Tomei iría en esa línea, algo que deberá argumentar en los alegatos de la próxima semana.
La pena para este tipo de delitos es de 2 a 6 años de prisión. Los acusados del crimen ya llevan tres años detenidos, por lo que -de ser condenados por esta figura legal- podrían salir en libertad más temprano que tarde.
Nulidad o absolución
En los lineamientos de la defensa Tomei insistió sobre la nulidad de la investigación al considerar que hubo errores técnicos en las declaraciones indagatorias, algo que fue rechazado por el juez que intervino en la causa y que está en instancia de apelación en la Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires.
Lo cierto es que con la declaración de los imputados que se reconocieron en el lugar del hecho, en los videos, y con las pruebas presentadas en el expediente, tanto la nulidad como el pedido de absolución quedarían prácticamente fuera de juego.
Excepto que el tribunal considere que, después de 13 audiencias, no hay elementos suficientes para ubicar a alguno de los imputados en las acciones que derivaron en la muerte de Fernando Báez Sosa, algo improbable por la cantidad de pruebas y testimonios directos.