La Fiscal de Estado de la provincia, Dra. Stella Maris Zaballa había manifestado que una medida autosatisfactiva fue desestimada por el juez de feria, Raúl López Uriburu, ante una presentación efectuada por las mismas personas que plantearon el Hábeas Corpus por la condiciones de hacinamiento en la Escuela de Cadetes.
"En un fallo meduloso, muy claro del juez provincial, el juez que nosotros entendemos es competente para entender en estas cuestiones, reseñó porqué debe rechazarse la medida autosatisfactiva y hablar de qué es lo que se considera aislamiento y porqué es legal y procedente", manifestó.
Describió que el juez realizó este viernes por la tarde un reconocimiento judicial en la Escuela de Cadetes donde comprobó el lugar donde se encuentran, un salón de clases del Instituto Policial que "tiene amplias dimensiones como puede advertirse en las fotografías que agregó ala causa, que pudo conversar con los jóvenes, que reciben las cuatro comidas diarias y que si bien no están habilitadas las visitas, lespueden acercar cosas las que les son entregadas y éstos a su vez pueden enviar cosas al exterior con el debido control".
El juez federal, Fernando Carabajal, vio absolutamente otra cosa En los considerandos de la decisión del juzgado federal Nº 1 se confirma que "En numerosas habitaciones, aun cuando no en todas, conviven hasta 8 personas, con el agravante que no se trata de grupos familiares, sino grupos organizados por orden de llegada y conforme la disponibilidad de espacio".
También que: "Desde el punto de la vista de la dignidad humana porque hacer convivir en un espacio físico reducido, compartiendo baños también escasos y con reducido nivel de privacidad, a personas que no se conocen ni se hallan conectados por vínculos familiares o de amistad, constituye una injustificada violación del derecho a la intimidad".
Detectaron además que uno de los sectores había presencia de personas que habían ingresado hacia solo un día, mezcladas con otras que tenían ya varios días de confinamiento.
Se constató el hacinamiento de la población y curiosamente en los cuartos donde había gente que no se quejaba eran cuatro por cuarto y no ocho como en los otros.
Carabajal también manifestó que la medida de aislamiento obligatorio no supera el test de razonabilidad, tanto desde la perspectiva del respeto a la dignidad y el derecho al trato digno.
Se constato además que dos jóvenes que habían sido los que denunciaron en redes las condiciones inhumanas, habían sido apartados y puestos en un aula que no reunía las condiciones para ser habitada y que no tenía baño, había que recorrer un corredor para encontrar uno.
Los antecedentes de una justicia cooptada
En el año 2013 la justicia formoseña archivó una de las denuncias penales que más comprometían al vicepresidente Amado Boudou en la causa en la que se investiga el pago de una coima de $ 7,6 millones a través del misterioso fondo The Old Fund.
La causa fue archivada por el juez Héctor Suhr y era por los posibles delitos de tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con la función pública. Consideró que "no se ha demostrado un móvil distinto al que debe sustentar los actos realizados, tutelando la hacienda pública y el prestigio de la Administración".
Luego la justicia federal tomó el caso, pidio la remisión de los antecedentes y lo agregó a la causa Ciccone por la cual fue condenado el ex vicepresidente, Amado Boudou, mientras que la pata del pago a Alejandro Vandenbroele por parte de Insfrán, todavía espera resolución.