Reducirán el ancho de los carriles para crear ciclovías, dársenas de estacionamiento y ampliar veredas

La idea es achicar los carriles de calles y avenidas de 3 a 2,80 metros.  (De La Razón)

Reducirán el ancho de los carriles para crear ciclovías, dársenas de estacionamiento y ampliar veredas
Piden medidas de seguridad en ciclovías

Mediante modificaciones al Código de Tránsito y Transporte, la Legislatura actualizó el marco legal sobre tipos de dársenas y ancho de los carriles en calles y avenidas. Podrán reducirse de 3 a 2,80 metros, para crear dársenas de estacionamiento o de giro, ciclovías o ampliación de veredas.

La norma se oficializó mediante una ley que modifica las definiciones del Código de Tránsito y Transporte para los términos "carril" y "dársena", dividiendo a este último en dos tipos: dársena de estacionamiento o detención y dársena de giro, a la vez que se establecen sus dimensiones.

Lo aprobado fue una iniciativa de la diputada Cristina García (PRO) y otros coautores de su mismo bloque, que obtuvo despacho de la Comisión de Tránsito y Transporte con modificaciones de forma presentadas por la autora en el recinto.

La ley fue sancionada por unanimidad de los presentes, 57 votos.

La modificación al Código permite "flexibilizar parcialmente el ancho mínimo permitido actualmente para la demarcación de carriles de circulación de 3 a 2,80 metros, manteniendo los 3 metros sólo en casos de tramos de arterias donde circulen colectivos, con límites de velocidad máxima de 60 km/h o más y las integrantes de la Red de Tránsito Pesado".

Por la nueva ley, el vocablo “canorril” se define como la “banda longitudinal demarcada en la calzada para un mejor ordenamiento de la circulación, destinada generalmente al tránsito de una sola fila de vehículos.” A su vez, “dársena de estacionamiento o detención” es el “espacio resguardado en la vía pública, destinado a estacionamiento o detención vehicular, cuyo ancho mínimo es de dos metros, salvo estudio de composición vehicular que demuestre un ancho menor de vehículo.” “Dársena de giro”, en tanto, es el “espacio resguardado en la vía pública destinado a giro vehicular, cuyo ancho mínimo es de dos metros con ochenta centímetros para tránsito compuesto principalmente por vehículos livianos y un ancho mínimo de tres metros para tránsito general”.