Revés judicial para el Gobierno en una causa por suba de tarifas

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la competencia del Juzgado Federal de la ciudad bonaerense de Junín para entender en las acciones colectivas por aumentos en las tarifas de gas, por lo que la investigación podrá avanzar.

BUENOS AIRES (ARGENTINA), 14/02/2019.- El presidente de Argentina, Mauricio Macri, ofrece una rueda de prensa este jueves en la Casa Rosada de Buenos Aires (Argentina). Macri anunció una subida del mínimo no imponible para las cargas sobre el trabajo en las economías regionales, por lo que los empleadores no deberán pagar impuestos por los trabajadores que cobren menos de 17.500 pesos (unos 458 dólares) al mes. EFE/ Presidencia Argentina SOLO USO EDITORIAL buenos aires mauricio macri anuncios del presidente argentino ceremonia acto en casa de gobierno anuncio sobre la rebaja en las cargas sociales de empleados de las pymes
BUENOS AIRES (ARGENTINA), 14/02/2019.- El presidente de Argentina, Mauricio Macri, ofrece una rueda de prensa este jueves en la Casa Rosada de Buenos Aires (Argentina). Macri anunció una subida del mínimo no imponible para las cargas sobre el trabajo en las economías regionales, por lo que los empleadores no deberán pagar impuestos por los trabajadores que cobren menos de 17.500 pesos (unos 458 dólares) al mes. EFE/ Presidencia Argentina SOLO USO EDITORIAL buenos aires mauricio macri anuncios del presidente argentino ceremonia acto en casa de gobierno anuncio sobre la rebaja en las cargas sociales de empleados de las pymes

El Gobierno recibió este viernes un duro revés judicial en una causa colectiva contra la suba de tarifas y el fallo expresó además una defensa de las competencias de los tribunales federales radicados en las provincias, a contramano de argumentos esgrimidos por la gestión de Mauricio Macri.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la competencia del Juzgado Federal de la ciudad bonaerense de Junín para entender en las acciones colectivas por aumentos en las tarifas de gas, por lo que la investigación podrá avanzar.

Lo dispuso la Sala I de la Cámara. Se trata de un proceso que agrupa el colectivo de usuarios y consumidores de gas por redes del territorio nacional y que el Gobierno intentaba dilatar cambiándolo de jurisdicción.

La administración Macri, a través de la secretaría de Energía, había formulado un planteo de inhibitoria ante el fuero Contencioso Administrativo para que declare su competencia para entender en esta causa, en la que los usuarios denuncian aumentos abusivos.

Se trata de la causa caratulada dirección de Derechos Humanos y Defensoría al Consumidor de la Municipalidad de Leandro Alem y otros contra el Estado Nacional y otro con acción de amparo colectivo (expediente nº 57.821/2017).

El juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8 declaró su competencia y solicitó el envío del expediente. El Juzgado de Junín rechazó la pretensión y, con fundamento en tratarse del juzgado que primero entendió en la causa, remitió el planteo de inhibitoria a la Cámara Federal de La Plata, tribunal superior de esa jurisdicción.

La Sala I de la Cámara Federal de La Plata envió el expediente a la Corte Suprema para que dirima la cuestión de competencia, informó el Centro de Información Judicial.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación remitió la causa a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La Sala I de la Cámara destacó que cabe atender al lugar en el que el acto cuestionado produce sus efectos, puesto que de lo contrario, se vaciaría de contenido a la jurisdicción de los tribunales federales con asiento en las provincias.

Así, alertó la Justicia, se obligaría irrazonablemente a los demandantes a litigar de manera exclusiva en la jurisdicción territorial de los tribunales federales con asiento en la Capital Federal por la mera circunstancia de que las máximas autoridades de la Nación están radicadas allí.

Por ello, en tanto la demanda involucra la tarifa aplicable a un servicio público domiciliario, se consideró que el lugar de cumplimiento de la obligación debe identificarse con el ‘lugar del consumo o uso’, es decir el domicilio de la actora, Alem, en la jurisdicción del juzgado de Junín, provincia de Buenos Aires.

El tribunal rechazó el planteo de inhibitoria presentado por el Estado Nacional y declaró la competencia del Juzgado Federal de Junín para entender en la causa, así como en todos los demás expedientes vinculados o acumulados a ella.

Con información de la Corresponsalía Buenos Aires.