El Gobierno definió este jueves la reglamentación del cobro del Impuesto a las Ganancias a la renta financiera, con el objetivo de gravar los rendimientos de bonos y plazos fijos. Se abonará entre 5 y 15 por ciento de la renta que supere los $67.000 anuales.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, indica que desde mediados del año que viene habrá que pagar Ganancias por la renta originada en 2018 en plazos fijos, bonos, Fondos Comunes de Inversión y acciones que cotizan en el exterior.
La ganancia que surga de instrumentos en pesos pagará 5% de impuesto a las Ganancias sobre el mínimo no imponible, de $66.917,91 anuales. Por su parte, la producida por activos en dólares o en pesos ajustables por inflación (UVA o CER), tributará una alícuota del 15% sobre ese mínimo de casi 67.000 pesos.
"Podrá optarse por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado", detalla el decreto 1.170.
Además, desde la AFIP aclararon que en las explotaciones agropecuarias, los sujetos que realicen operaciones por montos superiores a $10 millones por año fiscal deberán proporcionar la información adicional que el organismo recaudador disponga de acuerdo a la nueva reglamentación.
Cabe recordar que para los extranjeros, la norma fue formalizada en abril.