La Administración Federal de Ingresos Públicos simplificó algunos de lo de los trámites que deben realizar los monotributistas y además aplicará más controles sobre movimientos sospechosos.
1. Recategorización de Oficio I: Se podrá hacerlo en cualquier mes, pero sin efecto retroactivo al 1 de enero.
2. Recategorización de Oficio II: La AFIP podrá hacer reconversiones automáticas a una categoría superior a la registrada, basado en acreditaciones de ingresos en cuentas bancarias y de gastos personales.
3. Pago electrónico obligatorio: Se hará de modo progresivo en las escalas inferiores.
4. Factura Electrónica: Se extenderá la exigencia desde mayo próximo a partir de la categoría D.
5. Domicilio Fiscal Electrónico: Será obligatorio para los nuevos monotributistas, mientras que para los ya adheridos, se fijó un plazo para su declaración hasta el 30 de septiembre de 2017.
6. Mi Categoría: Habilitará un servicio a través del sitio de internet que mostrará la información que la AFIP tiene del monotributista.
7. Recategorización o confirmación: El Monotributista podrá modificar su condición todos los meses, con efecto a partir del mes siguiente.
8. Se suprime la Declaración Jurada Informativa anual: los datos del monotributista serán ajustados de oficio o voluntariamente.
9. Incumplimiento: Se le impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual.
10. Excluidos: Podrán reingresar al Monotributo hasta el 31 de mayo los desafectados de oficio en 2016, por haber incumplido con los pagos mensuales.