El Consejo de la Magistratura le descontó el 50% del sueldo al juez Rafecas

Fue por falta de decoro en su desempeño en la causa del fallecido fiscal Alberto Nisman contra Cristina Kirchner y otros exfuncionarios.

Daniel Rafecas
Daniel Rafecas

El Consejo de la Magistratura sancionó hoy al juez federal Daniel Rafecas con una multa que representará un descuento del 50 por ciento de su remuneración -por única vez- tras considerar que incurrió en una "falta de decoro" en su desempeño.

Así se pronunció el organismo esta mañana en referencia al accionar del magistrado en la causa del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la expresidenta y actual senadora, Cristina Kirchner, el excanciller Héctor Timerman, y otros exfuncionarios acusados de encubrir a Irán en la investigación del ataque a la AMIA, con la firma del Memorándum de Entendimiento con ese país.

En tanto, fuentes cercanas al magistrado adelantaron que Rafecas apelará la decisión del Consejo de la Magistratura ante la Corte Suprema de Justicia.

En esa causa, por la que ayer el juez federal Claudio Bonadio envío a juicio oral y público a la expresidenta Cristina Kirchner, Rafecas había establecido la "inexistencia de delito" de parte de la exmandataria.

El dictamen que propuso la sanción económica, elaborado por el diputado de Cambiemos Pablo Tonelli y el representante del Poder Ejecutivo Juan Bautista Mahiques, ambos integrantes del Consejo de la Magistratura, tuvo la aprobación de la Comisión de Disciplina y Acusación, el pasado 22 de febrero, luego de haber conseguido los votos necesarios de la mayoría de los integrantes de la comisión.

Hoy, en el plenario del Consejo, el dictamen obtuvo siete votos afirmativos de Tonelli, Mahiques; el presidente del cuerpo, Miguel Piedecasas; la representante de los abogados, Adriana Donato; el de los académicos, Daniel Candis; el senador Angel Rosas y el diputado Mario Negri.

Los jueces Leónidas Moldes y Gabriela Vázquez y el senador del peronismo Mario Pais habían votado por desestimar la denuncia, al considerar que era un caso de contenido de sentencia sobre la que el Consejo no tiene facultad de intervenir, y que el resto de las acusaciones no tenían la gravedad necesaria como para aplicar una sanción.