La Cámara Nacional en lo Comercial resolvió que los jueces podrán "morigerar" tasas de interés que impone el fisco a través de la AFIP cuando son "abusivas" o "contrarias a las buenas costumbres".
El Tribunal rechazó un recurso de la AFIP en un dictamen en el que ratificó parcialmente un fallo de primera instancia que redujo los intereses pretendidos por el fisco.
"Ello no supone controvertir la constitucionalidad de la ley tributaria o de la atribución delegada al fisco, sino de compatibilizarla" con normas legales y "el tratamiento igualitario de los acreedores?, sostuvo la Cámara en el fallo.
En primera instancia se había fijado que las tasas de interés "no excedieran una vez y media la tasa activa del Banco de la Nación Argentina", mientras que la Sala B de la Cámara fijó un interés equivalente a dos veces y media sobre el que emplea esa entidad.