Mediante el Acuerdo Reglamentario N° 1624, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) habilitó la prestación del servicio de justicia de modo presencial en seis sedes judiciales del interior provincial, de acuerdo al cronograma que será establecido por las autoridades administrativas del Poder Judicial de Córdoba.
La Administración General, por su parte, emitió la Resolución N° 100 que establece que desde el lunes 11 de mayo se reanudará de la prestación del servicio de Justicia de modo presencial en Villa Dolores, Cruz del Eje, Laboulaye y La Carlota, mientras que el miércoles 13 de mayo será el turno de la dependencia judicial de la ciudad de Deán Funes.
La decisión fue tomada tras la autorización del Centro de Operaciones de Emergencias (COE) de la Provincia de Córdoba del "protocolo de actuación y recomendaciones generales para servicio presencial de justicia en la provincia de Córdoba durante la emergencia sanitaria por Covid -19" que presentó el TSJ y el Ministerio Público Fiscal.
El Acuerdo Reglamentario N° 1624, a su vez, establece que los magistrados y funcionarios competentes resuelvan, en cada caso, la habilitación de los plazos suspendidos de las causas que tiene a su cargo. Para tomar esta determinación, tendrán que considerar las circunstancias particulares del proceso en cuestión, las posibilidades que brindan las herramientas tecnológicas disponibles como así también las restricciones de circulación que pudieran afectar a las partes, a sus patrocinantes y/o representantes, y a los auxiliares de justicia.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia establece que esta posibilidad "no podrá ser aplicada durante los tres primeros días posteriores a la apertura de la sede judicial que se trate, tiempo en el cual todos los plazos procesales continuarán suspendidos".