Con la participación de miembros de los Poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo de la Provincia; funcionarios del Ministerio Público de la Acusación y del Ministerio Público de la Defensa; autoridades del Colegio de Abogados e incluso estudiantes, se realizó en la Legislatura de Jujuy la Primera Jornada Provincial “Enfoque Multidisciplinario sobre la sobre la Edad de Imputabilidad de los Menores”.
De esta manera la política y las instituciones de la provincia de Jujuy acuden al debate de un tema que el presidente de la Nación Javier Milei puso en la agenda nacional al impulsar una nueva ley penal juvenil que baja de 16 a los 13 años la edad de imputabilidad de un menor.
La edad de imputabilidad es el límite inferior a partir del cual los menores de edad -18 años, en la Argentina- pueden ser juzgados y recluidos en una cárcel.
La jornada, que tuvo lugar el salón “Marcos Paz” de la Legislatura, propuso a los asistentes analizar la temática en cuatro ejes, que fueron el enfoque jurídico acerca de la edad de imputabilidad; la perspectiva del Poder Ejecutivo; el enfoque socio Legislativo; y las juventudes políticas y la edad de imputabilidad.
La apertura del debate estuvo a cargo de los diputados Santiago Jubert, Adriano Morone, Diego Rotela y Agustina Guzmán.
TODAS LAS VOCES EN UNA DISCUSIÓN SERIA
En su carácter de presidente de la comisión de Legislación General de esa Cámara, Morone planteó que una eventual baja de edad de imputabilidad “es un tema complejo que requiere responsabilidad y análisis” y si bien “es un tema nacional”, consideró “importante” promover “discusiones serias en Jujuy” para aportar al debate en el país.
Por su parte el diputado Rotela destacó que el programa de esta jornada haya propuesto discutir “diferentes enfoques, incluyendo el jurídico, y el tratamiento de menores en el sistema de justicia”, y en particular puso en relieve las “diversas posturas de representantes del Poder Ejecutivo” en materia de “salud mental y derechos de niños y adolescentes” que se presentaría para el debate.
En el mismo sentido, ponderando lo abierto de la convocatoria, dijo que ello “permite escuchar distintas voces”, por lo que su expectativa era “poder escuchar todas las posturas y que cada uno forme su opinión al respecto”, además de que las exposiciones y conclusiones serán llevadas al Congreso de la Nación, como un aporte desde Jujuy a la discusión de la iniciativa del Gobierno central.
A su vez, en función de que es “un tema que involucra directamente a los jóvenes”, la diputada Agustina Guzmán resaltó la realización de “un panel dirigido a la juventud, para escuchar sus voces y posturas sobre el tema, que es de interés transversal”, línea en la que celebró la “participación de diferentes sectores del Gobierno y la sociedad”.
IMPUTABILIDAD: ¿QUÉ PROPONE EL PROYECTO DE MILEI?
El proyecto que impulsa el presidente Milei establece que los menores de 13 a 18 años cumplirán sus condenas en “establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo”.
Uno de los puntos más controvertidos de la iniciativa refiere a los menores no imputables -es decir, de menos de 13 años-, ya que obliga a los jueces a ordenar su internación para su readaptación social “ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos”.
Según el proyecto, la pena máxima para un menor no debe superar los 20 años y al cumplirse los dos tercios de la misma, el tribunal podrá disponer que “se continúe con algunas de las medidas alternativas” que al efecto prevé el proyecto.
En el caso de penas de 3 a 6 años, siempre que no haya existido muerte de la víctima, grave violencia física o psíquica sobre las personas, lesiones gravísimas y el menor no sea reincidente, la pena podrá reemplazarse por: amonestación, prohibición de aproximarse a la víctima o sus familiares, prohibición de conducir vehículos, prohibición de concurrir a determinados lugares, prohibición de salir del país o de un ámbito territorial, prestación de servicios a la comunidad y monitoreo electrónico.
Bajo el concepto de “Criterio de Oportunidad”, el fiscal a cargo del caso podrá prescindir “total o parcialmente de la acción penal” si la pena es inferior a seis años y no concurrieren otras circunstancias, como la muerte de la víctima, lesiones gravísimas, existencia de otros procesos, etc.