Se disparó la distribución de imágenes de menores abusados: hubo 11.917 alertas en los últimos tres meses en el país

El tráfico de material con contenido sexual que incluye a niños creció durante la cuarentena.

Ciberdelito. (crédito: Facundo Luque)
Ciberdelito. (crédito: Facundo Luque)

Las alertas internacionales por la distribución y el consumo de imágenes sobre explotación sexual de niños, niñas y adolescentes receptadas en Argentina creció entre abril y junio y superó al total de reportes similares recibidos durante 2019 en el país.

Se trata de los informes que emite el Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC, por su sigla en inglés), que opera en Estados Unidos y que remite las denuncias a los países en los que localiza la distribución de las imágenes sobre explotación sexual infantil.

Durante el 2019, Argentina recibió un total de 10.158 reportes, el 66 por ciento de ellos corresponden a provincia de Buenos Aires (3.430) y a Ciudad Autónoma de Buenos Aires (3.282).

Pero este año los casos aumentaron. En enero, la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDYCI) receptó 3.119 reportes; 3.373 en febrero; 2.692 en marzo. No obstante, en abril las alertas se dispararon a 4.870 y luego se registraron 4.175 en mayo y 2872 en junio (hasta el día 24).

Ciberdelito. (crédito: Martín Ferraro)
Ciberdelito. (crédito: Martín Ferraro)

“Si hay niños implicados, no es porno. Es un delito. Es abuso”, indica Interpol, que aclara que que pornografía refiere a actos sexuales entre personas adultas, consensuados y distribuidos casi siempre de manera lícita.

"Todos los delitos cibernéticos han aumentado durante la pandemia. El aislamiento ha significado más oportunidades para los ciberdelincuentes, más conexión por parte de los niños, más tiempo de ocio y de juego online", precisó a La Voz Daniela Dupuy, titular de la UFEDYCI de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Ingrid Vago, titular de una de las fiscalías especializadas en Delitos Contra la Integridad Sexual de Córdoba, precisó que en estos últimos meses detectó la distribución de material inédito, lo que activa aún más las alertas sobre abuso sexual en la infancia. “Cerca del 90 por ciento de los reportes son por distribución de material o por tenencia, pero actualmente tenemos en trámite varias causas por producción de esas imágenes”, indicó.

“Lo primero que se busca determinar es si es material inédito o material viral. Aunque en todos los casos hay niños y niñas en riesgo, si son virales pueden ser de otras partes del mundo, mientras que si son inéditos podemos estar ante un nuevo caso de explotación”, detalló.

Cómo funcionan los reportes

Los proveedores de servicios electrónicos (ESP) y las empresas tecnológicas que operan en Estados Unidos, como Microsoft, Google, Facebook, WhatsApp y otras, tienen la obligación de reportar cualquier actividad ilícita y la distribución de imágenes sobre explotación sexual de menores de edad, lo que se remite a la organización NCMEC.

“En esa letra chiquita que uno acepta cuando se crea una cuenta es muy claro que no se permitirán actividades ilícitas. Cuando detectan que existe tráfico de este tipo de imágenes las reportan a NCMEC, y ahí se activa todo el protocolo de investigación”, explicó Franco Pilnik, titular de la fiscalía de Cibercrimen de Córdoba.

“El contenido de los reportes no suele ser por material inédito, sino que generalmente se trata de material conocido, viral. En el tráfico de estas imágenes el material inédito es el que tiene mayor valor económico, y en cuanto a los reportes, es el que despierta alarmas más urgentes porque hay un nuevo niño o niña que está siendo abusado. Se actúa más rápido”, detalló.

En esos casos, además de la persecución penal hacia la persona que trafica el material, se inicia la investigación para identificar a ese niño o niña que ha sido víctima del delito.

"Tener videos o fotos de abuso sexual de niños y niñas, es delito, es tenencia simple; la tenencia con fines de distribución es un delito más grave; y la distribución, aún más grave”, resumió Pilnik sobre las acciones incluidas en al artículo 128 del Código Penal. Asimismo, si quien distribuye es también productor de las imágenes, la gravedad del ilícito es aún mayor ya que puede involucrar delitos como abuso sexual, corrupción de menores u otros.

“Detectamos una suba a partir de abril, por la pandemia. Tal vez se trate de una mayor circulación porque la gente pasa más tiempo en la computadora. Aunque puede haber también más producción a través del engaño, porque hay más chicos sentados frente a la computadora”, apuntó.

"Si me llega un video sobre un abuso sexual de niño o niña, y yo lo reenvío, esa acción es perseguida penalmente", aclaró el fiscal de Cibercrimen.

Por Laura Giubergia.

Este texto fue publicado originalmente por La Voz del Interior. Se reproduce aquí con la autorización correspondiente.