Se reducirá el público en supermercados y en restaurantes sólo se venderá comida para llevar

La actividad gastronómica se reducirá drásticamente durante el período de aislamiento obligatorio. Se garantiza la provisión de alimentos.

Se reducirá el público en supermercados y en restaurantes sólo se venderá comida para llevar
Se reducirá el público en supermercados y en restaurantes sólo se venderá comida para llevar

El gobierno provincial implementó desde este miércoles una serie de severas medidas que apuntan a frenar la propagación del nuevo coronavirus (covid-19). Los bares y restaurantes sólo podrán continuar con su funcionamiento en la modalidad de comidas para llevar, también conocidas por su expresión en inglés, “delivery”. En tanto que los supermercados deberán reducir en un 50% la capacidad habilitada de personas dentro del local. Además, deberán contar con horarios especiales para las personas incluidas en los grupos de riesgo.

El decreto 433/2020 firmado por el gobernador Jorge Capitanich, definió claramente cómo seguirán funcionando bares, restaurantes, panaderías, quioscos y todo otro local comercial de elaboración y/o venta de comidas. Al respecto se determina sólo podrán mantener abiertos sus comercios para la preparación y venta de alimentos bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo. La normativa aclara también que en el caso de los restaurantes habilitados dentro de espacios de alojamiento (hoteles, por ejemplo), “sólo se podrá brindar el servicio a los pasajeros hospedados en el mismo con la modalidad de servicio a la habitación”.

Para los supermercados, autoservicios, almacenes, estaciones de servicio y farmacias, el decreto reglamentario dispuso claramente que los mismos deberán garantizar el horario de “atención al público y garantizar la prestación del servicio”. En el caso de comercios de venta de alimentos deberán establecer horarios especiales para la atención de los grupos de riesgo y reducir en un 50% la capacidad habilitada de personas dentro del local. Asimismo, deberán garantizar además elementos de higiene y seguridad para quienes concurran a dichos establecimientos así como para el personal que preste servicio en los mismos. En este sentido se sugiere que la primera hora de atención al público será destinada para la atención exclusiva de personas mayores de 60 años y embarazadas. “Los establecimientos podrán establecer además otros turnos especiales de atención exclusiva para los denominados grupos de riesgo”, advierte el texto legal.

En el Decreto también se hace mención a las filas que pudieran ocasionarse en las cajas de pago o mostradores de expendio. Sobre las mismas se definió que deberán respetar una distancia entre personas de un mínimo de un metro y medio. También se sugiere evitar concurrir en grupos (preferentemente que vaya una sola persona); evitar llevar niños; evitar los horarios de mayor circulación de gente; evitar la aglomeración y en caso de manipular dinero, realizar lavado de manos frecuente con agua y jabón o higienizar las manos con alcohol en gel, evitando el contacto de manos con ojos, nariz y boca.