En Entre Ríos la administración pública continuará trabajando de manera virtual hasta el 4 de junio

Quedan exceptuados de la medida el personal de salud, seguridad y de comedores.

La administración pública provincial continuará trabajando de manera virtual.
La administración pública provincial continuará trabajando de manera virtual. Foto: Gobierno Entre Ríos

El gobierno de Entre Ríos informó esta tarde que la administración pública provincial continuará trabajando de manera virtual hasta el 4 de junio en el marco de las restricciones destinadas a disminuir la circulación de personas en medio de la segunda ola de contagios de Covid-19.

La medida alcanza a los agentes de la administración centralizada y descentralizada, en tanto que quedan exceptuados el personal de salud, seguridad y de comedores. Del mismo modo, desde el Ejecutivo provincial invitaron, a través de la normativa, a aplicar medidas similares a las autoridades de los poderes Judicial y Legislativo, municipios, comunas y a las autoridades de las empresas y sociedades del Estado.

El gobierno entrerriano tomó la decisión a través del Decreto Nº 1144 que da continuidad al Decreto Nº 1112 del 21 de mayo; la medida será en el período comprendido entre el lunes 31 de mayo de 2021 y el viernes 4 de junio de 2021 inclusive. La norma establece además, en su artículo 2, excepciones para el personal con prestación de servicios en el Ministerio de Salud, Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario, Subsecretaría de Políticas Alimentarias incluyendo al Personal de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, Consejo Provincial del Niño, Adolescente y la Familia, al de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito y al de los Registros Públicos dependientes del Ministerio de Gobierno y Justicia. Para ello las autoridades de cada jurisdicción organizarán al personal declarado esencial, los que estén afectados a actividades críticas o de prestación de servicios indispensables.

En tanto, se excluye de la excepción prevista en el mencionado artículo “al personal con prestación de servicios en el Ministerio de Salud y en el Consejo Provincial del Niño, Adolescente y la Familia, de 60 años o mayores y a las que posean algún factor de riesgo.

Además, en el Decreto se deja establecido “que las dispensas concedidas en el presente decreto se computarán a todos los efectos como tiempo de servicio, sin que ello afecte la percepción íntegra de haberes, debiendo los responsables de cada jurisdicción determinar las condiciones y pautas para la realización de tareas habituales o análogas que los agentes puedan desarrollar en forma remota”.

Por otra parte, se suspenderán los plazos administrativos en el mismo período excepto “los referidos a los procedimientos de selección del co-contratante estatal bajo la ley de contabilidad y la de obras públicas, los concernientes a las operaciones de crédito público, a los procedimientos de los registros públicos y a los que expresamente las autoridades máximas de cada jurisdicción, les habiliten día y hora mediante la emisión de los actos administrativos de su competencia”.