Cuánto me tienen que pagar si trabajo en los feriados de Carnaval 2025

Se vienen los feriados de carnaval y a muchos les surge la duda de cuanto tienen que percibir si trabajan durante esos días.

Cuánto me tienen que pagar si trabajo en los feriados de Carnaval 2025
Un empleado del condado carga una caja en el área de extracción e inspección del Departamento Electoral del Condado Clark, el sábado 2 de noviembre de 2024, en el norte de Las Vegas, Nevada. (AP Foto/John Locher)

El próximo sábado, primero de marzo, comenzarán los cuatro días de descanso que tendrán los argentinos, producto del fin de semana y los feriados por Carnaval. A pesar de eso, muchos no tendrán descanso y trabajarán durante el 3 y el 4 de marzo. Cuánto les tienen que pagar.

Cuánto me tienen que pagar si trabajo en los feriados de Carnaval

Es importante que los empleados sepan la normativa que corresponde por Ley para evitar conflictos y malos entendidos. Si trabajas durante los feriados de Carnaval en marzo del 2025 (3 y 4), la legislación laboral marca que se debe pagar un recargo especial. Lógicamente, este beneficio aplica para los trabajadores que están dentro de la ley y se considera un derecho para aquellos que tienen que presentarse en su empleo, en los días que la mayoría está de descanso.

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Según la Ley de Contrato de Trabajo, los trabajadores que presten sus servicios en un día de descanso obligatorio, como son los Feriados por Carnaval, deberán cobrar el doble de una jornada laboral regular.

Los distintos tipos de feriados para este 2025
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Todos los feriados del 2025

Feriados inamovibles

  • 1° de enero: Año Nuevo.
  • 3 y 4 de marzo: Carnaval.
  • 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
  • 18 de abril: Viernes Santo.
  • 1 de mayo: Día del Trabajador.
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano.
  • 9 de julio: Día de la Independencia.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.

Feriados trasladables

  • 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes.
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
  • 12 de octubre: Día de la Raza
  • 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (20/11)

Feriados con fines turísticos

  • 2 de mayo
  • 15 de agosto
  • 21 de noviembre