Nuevas escalas salariales para militares y policías navales

Fueron publicadas en el Boletín Oficial. Establecieron los sueldos desde septiembre y a partir de enero del próximo año. La medida involucra los ingresos de miles de familias en la región.

Armada Argentina
Armada Argentina

Según la Resolución Conjunta 10/2021 de los Ministerios de Defensa y de Economía de la Nación, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se fijó el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y del Personal de la Policía de Establecimientos Navales.

La resolución firmada por los ministros Jorge Taiana y Martín Guzmán, detalla las nuevas escalas rigen a partir de septiembre de 2021 y enero de 2022 y argumenta: “Resulta necesario fijar una nueva escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para la Policía de Establecimientos Navales, que reconozca una adecuada jerarquización con relación a la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad”.

Militares

El haber mensual para el personal militar varía entre aproximadamente $42 mil y puede llegar casi a $200 mil en septiembre. Mientras que a comienzos del año próximo, el mínimo llegará a $44 mil y el máximo a $205 mil.

Así quedarán los haberes del personal militar en septiembre de este año y enero 2022
Así quedarán los haberes del personal militar en septiembre de este año y enero 2022

Policía de Establecimientos Navales

Para el personal de la Policía de Establecimientos Navales varían entre los $23 mil y los $60 mil a partir de septiembre, de acuerdo al grado, mientras que a partir de enero el mínimo estará arriba de los $24 mil y el máximo rondará los $63 mil.

Así quedará la escala salarial de la Policía de Establecimientos Navales en septiembre 2021
Así quedará la escala salarial de la Policía de Establecimientos Navales en septiembre 2021

Salarios para enero 2022

Salarios para la Policía de Establecimientos Navales en enero 2022.
Salarios para la Policía de Establecimientos Navales en enero 2022.