La Junta Médica aseguró que la atención a Maradona fue “inadecuada, deficiente y temeraria”

Señalaron que se trataba de un paciente con pluripatologías y que al momento de recibir el alta “no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales”.

Avanza la investigación por la muerte del astro. (Foto: Web)
Avanza la investigación por la muerte del astro. (Foto: Web)

Se conocieron este viernes las primeras conclusiones de la Junta Médica que investiga la muerte de Diego Maradona. En sus informes, apuntan contra Leopoldo Luque, Agustina Cosachov y Mariano Perroni, el jefe de enfermos.

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El documento, de 70 páginas, puntualiza que “fueron ignorados los signos de riesgo de vida que presentaba el paciente” antes de su fallecimiento, el 25 de noviembre pasado.

Para el equipo interdisciplinario, el exfutbolista era un paciente complejo con pluripatologías que “no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales” en el momento en que fue dado alto, luego de su última internación.

El trabajo de los integrantes de la Junta Médica comenzó el lunes 8 de marzo, a pedido del juez de Garantías N° 2 de San Isidro, Orlando Díaz. Asimismo, los fiscales Patricio Ferrari, Cosme Iribarren y Laura Capra son quienes intervienen en la causa por la muerte de Maradona.

Lo que estableció la Junta

Según su punto de vista, el cuidado de enfermería “se encuentra plagado de ineficiencias y de irregularidades”. “Diego Armando Maradona no presentó correctos controles y asistencia por parte médico-asistenciales, de enfermería y acompañantes terapéuticos ni en tiempo ni en forma. Según dictan las normativas de las buenas prácticas”, afirmaron.

Por otro lado, no descartan que la medicación que recibía por sus adicciones pudo haber influido “en el desenlace fatal”. Asimismo, señalaron que es probable que el 10 “hubiera tenido chances de vida aumentada de haber sido internado en una institución de salud polivalente”.

Al respecto, apuntaron: “A las claras está que ese no fue el caso. Y que dado la documental escrutada en autos fue una decisión deliberada y conociendo los riesgos (”el gordo se muere en cualquier momento”) que tomo el equipo de salud. En este punto es donde surge un conflicto de intereses, quien dirigía al equipo de salud tratante es quien gozaba plenamente de la confianza del paciente”.

Leopoldo Luque y Agustina Cosachov, complicado. (Foto: Gentileza).
Leopoldo Luque y Agustina Cosachov, complicado. (Foto: Gentileza). Foto: Gentileza

Acerca de la actuación de Luque, indicaron que “no surge la existencia de historia clínica por parte del médico tratante conforme a las exigencias de rigor emanadas por la normativa vigente y las buenas prácticas del arte de curar”.

“Si bien se realizaron estudios médicos indicados para las patologías en forma espaciada, no se profundizaron acorde a los antecedentes de la gravedad de sus afecciones, en particular los antecedentes cardiológicos que conllevaron riesgo de vida”, manifestaron.

A entender de la Junta, no se realizaron “estudios relacionados a la función renal como así tampoco la función hepática”.

Con expresiones algo más duras, afirmaron que a Maradona lo “abandonaron a su suerte”, fueron “absolutamente indiferentes” y no modificaron sus “conductas y plan médico/asistencial trazado”.

El trabajo de los especialistas estuvo concentrado en 24 puntos indicados por los investigadores, con el objetivo de determinar si existieron irregularidades en la atención médica que recibió el astro del fútbol antes de morir.

Las 13 conclusiones

1) Si bien resulta contrafáctico afirmar que DAM no hubiese fallecido de haber contado con una internación adecuada, teniendo en cuenta el cuadro documentado en los días previos a su muerte, en un centro asistencial polivalente recibiendo una atención acorde a las buenas prácticas médicas, concordamos en que hubiese tenido más chances de sobrevida.

2) El actuar del equipo de salud a cargo que atendía a DAM fue inadecuado, deficiente y temerario como se registró en detalle en el presente.

3) Según las buenas prácticas médicas y una vez resuelta la patología aguda que dio origen a su internación en Clínica Olivos (hematoma subdural) y considerando el cuadro clínico, clínico-psiquiátrico y el mal estado general debió haber continuado su rehabilitación y tratamiento interdisciplinario en una institución adecuada.

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4) El Sr. DAM, al menos desde la internación en IPENSA, NO se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales, ni en condiciones de tomar decisiones sobre su salud.

5) Se ratifica lo expuesto en el protocolo de autopsia, esto reforzado con los resultados histopatológicos y lo observado en las copias de la documental médica obrante en autos.

6) DAM comenzó a morir, al menos, 12 horas antes de las 12.30 del día 25/11/2020, es decir, presentaba signos inequívocos de periodo agónico prolongado, por lo que concluimos que el paciente no fue debidamente controlado desde las 00.30 horas del día 25/11/2020.

7) Que fueron ignorados los signos de riesgo de vida que presentaba el paciente. En la desgrabación de los audios del día 25/11/2020 “la semana pasada les dije que había que levantarlo porque podía hacer un edema de pulmón”. Audio de Taffarel enviado por Vanesa Morla a Luque sic. Cuerpo XXI, el día 18 y 19 de nov de 2020 (hacen referencia a que esta hinchado).

8) El cuidado de enfermería durante la estancia en la casa de Tigre, posterior a la externación de Clínica Olivos, se encuentra plagado de deficiencias e irregularidades como fue expuesta en este documento ampliamente (ausencia de controles).

9) DAM no presentó correctos controles y asistencia por parte médico-asistenciales, de enfermería y acompañantes terapéuticos ni en tiempo ni en forma. Según dictan las normativas de las buenas prácticas.

10) No existen constancias de atención psicológica en el domicilio, luego de la externación de CLIO, las cuales consideramos indispensables para el adecuado tratamiento de la patología que presentaba DAM.

11) A pesar de haber tenido una prescripción adecuada en dosis y posología para su trastorno toxicofrénico, al respecto, no podemos descartar que esta medicación no haya influido en el desenlace fatal, ya que no se realizaron en los últimos 14 días previas al deceso, controles cardiológicos ni de laboratorio (ionograma, función hepática y renal).

12) La internación domiciliaria post externación CLIO no fue tal, ya que no existieron los lineamientos mínimos de tal internación en un paciente de la pluripatología compleja que presentaba DAM.

13) Se puede inferir de la documental que fuera analizada por esta Junta Médica Interdisciplinaria, que el equipo médico tratante se representó cabal y acabadamente la posibilidad del resultado fatal respecto del paciente, siendo absolutamente indiferentes a esa cuestión, no modificando sus conductas y plan médico/asistencial trazado, manteniendo las omisiones perjudiciales precedentemente apuntadas, abandonando “a la suerte” el estado de salud del paciente.