Jueza civil se declaró incompetente en el reclamo por las clases presenciales en Rosario

Susana Gueiler resolvió pasar el recurso de amparo presentado a la Justicia Federal.

Tribunales de Rosario
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El reclamo por la presencialidad de las clases en Rosario llegó a la Justicia a través de un recurso de amparo, pero fue rechazó en el fuero Civil y Comercial de la ciudad, que derivó el caso al ámbito Federal.

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La jueza de primera instancia Civil y Comercial de la 18va nominación de Rosario, Susana Gueiler, resolvió de esa manera el recurso de amparo interpuesto ayer por el diputado macrista Federico Angelini, quien había solicitado que declare inconstitucional el decreto provincial relativo a restricciones para detener los contagios de la pandemia.

Por esa norma, Perotti suspendió entre el 3 y el 7 de mayo las clases presenciales en los departamentos de Rosario y San Lorenzo, cuyos guarismos epidemiológicos los ubican en situación de “alerta” sanitaria. En los dos artículos de la parte resolutiva del fallo, la juez Gueiler se declaró incompetente para entender en el planteo de Angelini por tratarse de un asunto que involucra al Gobierno federal, y remitió copia de la causa a ese fuero.

Padres de Rosario protestaron en el Monumento a la Bandera contra la suspensión de clases presenciales por la pandemia de coronavirus. (@nahubacigaluppi)
Padres de Rosario protestaron en el Monumento a la Bandera contra la suspensión de clases presenciales por la pandemia de coronavirus. (@nahubacigaluppi)

La jueza consideró que el decreto provincial que intenta impugnar el legislador por inconstitucional, “encuentra su sentido y razón de ser en el DNU 287/21” firmado por el presidente, Alberto Fernández, atento a que es la norma que fija los criterios epidemiológicos para establecer las categorías sanitarias en todo el territorio nacional.

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“No cabe duda alguna que el decreto provincial aquí cuestionado de inconstitucionalidad es una consecuencia inescindible e ineludible derivada del DNU 287/21 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional”, sostiene el fallo y publicó Télam. Agrega que “existe un indudable interés del Estado Nacional en el pleito aquí traído a consideración por ser la entidad emisora del decreto que impone al Estado Provincial acatar calificaciones y restricciones”.

Así, la jueza entendió que “esta causa no puede ser válidamente sustanciada ni resuelta sin la intervención del Estado Nacional en el proceso”. Además, sostuvo que ello “se ve abonado al encontrarse cuestionadas en los presentes la inconstitucionalidad de las leyes y decretos nacionales lo cual, conforme interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, constituye per se una típica cuestión federal”, a cuyo fuero santafesino remitió las actuaciones para que resuelva el planteo del diputado Angelini.