El Ministerio de Agricultura de la Nación declaró emergencia agropecuaria y desastre en el Chaco

La medida rige desde el 1° de octubre y alcanza a las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas de la provincia.

La sequía en Chaco afectó severamente a los agricultores y ganaderos.
La sequía en Chaco afectó severamente a los agricultores y ganaderos.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para todo el territorio de la provincia del Chaco desde el 1° de octubre y hasta el 1 de abril de 2021.

Chaco vive una situación compleja debido a la falta de precipitaciones en las zonas rurales, y una bajante histórica en los ríos Paraná y Bermejo. Además, los incendios forestales ocurridos entre agosto y octubre afectaron severamente al sector agrícola y ganadero.

La toma de agua en Puerto Lavalle está complicada por la bajante en el río Bermejo.
La toma de agua en Puerto Lavalle está complicada por la bajante en el río Bermejo.

En este contexto, se declaró la emergencia en la provincia en septiembre y se elevó a Nación. Con la medida adoptada por el Ministerio de Agricultura de la Nación "se cumple el paso formal", analizó Marcelo Repetto, presidente de la Sociedad Rural de Chaco.

También indicó que esto beneficia a todas las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía en la provincia. De esta manera los afectados por la sequía podrán acogerse a la Ley nacional 26.509. Para lo que deberán presentar un certificado otorgado por la autoridad competente de la provincia Chaco, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en la emergencia.

Asimismo, el Gobierno del Chaco a través del Ministerio de Producción de la provincia, remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

Mientras que los bancos oficiales o mixtos y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encargarán de poner a disposición los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la declaración de emergencia accedan a los beneficios establecidos en la Ley nacional 26.509, tales como aportes no reembolsables para gastos de inversión y líneas de crédito especiales para los productores.