Sexismo en el trabajo: una joven será indemnizada por ser obligada a usar una calza de un talle menor al suyo

Una estación de servicio pagarle a su empleada 150 mil pesos por daño moral, luego de obligarle a llevar de uniforme una calza un talle menor al que le correspondía.

imagen ilustrativa (José Gutiérrez / Los Andes)
imagen ilustrativa (José Gutiérrez / Los Andes)

La Corte de Mendoza ordenó que una joven reciba 150 mil pesos por discriminación sexista que sufrió por parte de sus empleadores.

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Una estación de servicio de Guaymallén obligó a su empleada utilizar, como parte de su uniforme, una calza una talle menor al suyo. Inclusive luego de reiterados pedidos por parte de la joven por una talle más, no se le fue otorgado.

El uniforme en tal estado la hacía sentir incómoda y, debido a que la estación de servicio se encontraba en una zona altamente transitada por hombres, sufrió numerosas situaciones donde recibió comentarios indebidos sobre su cuerpo.

Ella comenzó a trabajar en 2012 en aquel lugar y en junio del 2013 la joven comenzó a recibir advertencias de sus empleadores por no usar el uniforme reglamentario, ya que había conseguido un pantalón de hombre y utilizaba este.

En noviembre del 2013 fue suspendida por la misma razón y luego de reincorporación, fue despedida ya que no utilizaba la calza reglamentaria del uniforme. La joven decidió abrir una demanda laboral por trato discriminatorio. La misma resultó favorable a la empleada por la suma de $ 42.094 e intereses por $155.918, pero no se consideró que el despido fuese discriminatorio.

La joven no se sintió conforme, por lo que llevó el caso hasta la Corte provincial. El máximo tribunal provincial – conformado por José Valerio, Mario Adaro y Omar Palermo- falló a favor de la empleada indicando que también deberán indemnizar a la mujer “por el rubro daño moral”, por la suma de $ 150.0002″.

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La corte mendocina ubicó el caso dentro de las leyes de protección de la mujer y los tratados internacionales referidos a la violencia de género, advirtiendo que en este caso existió un trato discriminatorio, ya que la empresa, al usar diferentes uniformes para los hombres impuso “un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento”, ya que “la imposición de vestimenta claramente sexista importa una cosificación y degradación del cuerpo”.

Esto posibilitó a la corte un fallo a favor de la joven, alegando que sufrió discriminación y violencia sexistas por parte de sus empleadores.