ARA San Juan: rechazaron el planteo de Mauricio Macri y confirmaron al juez Bava en la causa

Los jueces exhortaron al magistrado a que “en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales”.

El expresidente Mauricio Macri. (Foto: Ignacio Blanco / Los Andes)
El expresidente Mauricio Macri. (Foto: Ignacio Blanco / Los Andes) Foto: Ignacio Blanco

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó este miércoles al juez federal de Dolores Martín Bava en la causa por espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan, al rechazar una recusación de la defensa del expresidente Mauricio Macri, citado este jueves a declaración indagatoria.

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El Tribunal de Apelaciones de esa ciudad bonaerense resolvió “no hacer lugar al pedido de recusación” formulado por el abogado Pablo Lanusse, abogado defensor de Macri.

Los jueces exhortaron a Bava a que “en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales”, ante el “estilo imperativo y ‘poco moderado” utilizado “al exponer sus fundamentos y argumentaciones”.

Consiste en la recreación en mármol del sumergible con los nombres de sus tripulantes y una figura corpórea con accesorios de reposición que fueran parte del mismo.
Consiste en la recreación en mármol del sumergible con los nombres de sus tripulantes y una figura corpórea con accesorios de reposición que fueran parte del mismo.

Los camaristas aludieron “en particular” a causas que “detentan repercusión social, evitando así incurrir en expresiones de aquella naturaleza como las advertidas en la resolución en estudio, sorteando así la posible generación de equívocos que lleven a planteos generadores de innecesarios dispendios jurisdiccionales”

Los jueces Eduardo Jiménez, Osvaldo Tazza y Rafael Julián consideraron que no hay motivos para acceder a la recusación solicitada en base al “estilo que impregna el decreto judicial cuestionado e invocado como justificativo de la causal de prejuzgamiento”.

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“La forma y el estilo empleado por el juzgador de grado tal vez no sean los apropiados o estén dotados de la técnica jurídica laudable a la que lógicamente se aspira y se desea de todo acto judicial, más ello no la invalida ni puede servir de fundamento para justificar el apartamiento del Juez Natural de la causa”, concluyeron los jueces.

La Cámara tuvo en cuenta “el posible impacto social” de lo que se resuelva en la causa, que reviste “repercusión mediática e institucional, dada la calidad de primer mandatario de la República que, en su momento, detentó el ahora encartado”.

Con información de Télam.