Los DNI válidos para votar

Detalle con los documentos que se puede concurrir a votar. No olvidar la constancia de emisión del voto.

Quien vaya a votar lo debe hacer con el documento cívico que figura en el padrón o con uno posterior. Aquel que se presente con un documento cívico anterior al que figura en el padrón no podrá votar.

Por ejemplo: si el ciudadano figura con DNI tarjeta y asiste con el DNI libreta verde, no podrá ejercer su deber de votar.

Se detalla cuáles son los documentos de identidad aceptados para votar y la importancia de la constancia de la emisión del voto.

Los documentos habilitados para votar son:

-Libreta Cívica.

-Libreta de Enrolamiento.

-DNI libreta verde.

-DNI libreta celeste.

-DNI tarjeta.

-DNI digital.

Constancia emisión del voto

Al momento de votar, el ciudadano debe verificar que la constancia de emisión del voto y el lugar del padrón donde asienta su firma contenga sus datos personales. En principio, las autoridades de mesa, antes de firmar el padrón, deben constatar que los datos correspondan con los del documento del elector.