Senador propone que quienes dañen el ambiente cumplan hasta 30 años de prisión

El proyecto de Ley presentado por el legislador chaqueño Antonio Rodas propone enmarcar a los delitos ambientales dentro del código penal.

Este domingo viajan bomberos voluntarios para combatir un incendio que lleva una semana.
Este domingo viajan bomberos voluntarios para combatir un incendio que lleva una semana. Foto: La

El senador nacional por el Chaco, Antonio Rodas, presentó en la mañana de hoy un proyecto de ley para tipificar los delitos contra el ambiente ya que, asegura, dentro del sistema penal son escasos y no se encuentran codificados. El documento evalúa penas de hasta 30 años dependiendo la gravedad del delito.

Luego de ser ratificado como vicepresidente de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Rodas explicó que entre sus sus considerandos aseguró que las normas que hasta el momento dispone la Justicia en la materia “están dispersas en leyes que han regulado estas conductas de modo insuficiente”.

El legislador chaqueño explicó que “las regulaciones ambientales se han caracterizado por aparecer en razón de casos concretos, a medida que la cuestión ambiental fue tomando visibilidad como objeto de protección jurídica”.

Aseguró que ante esto, y desde el punto de vista de la política criminal, “se entiende que es necesario incorporar de forma sistematizada la punición de estas conductas, por lo que este proyecto propone unificar en una sola norma los delitos contra el ambiente”.

📑🖊️Hoy presente un #proyecto en el Senado de la Nación Argentina para tipificar los delitos contra el Ambiente...

Publicada por Antonio Jose Rodas en Martes, 16 de marzo de 2021

Delitos y penas

La propuesta de Rodas contempla penas contra la contaminación y daños contra el medio ambiente, que contempla la mortandad de animales o la alteración o destrucción significativa de la flora para lo cual se prevén las correspondientes figuras agravadas y culposas, y la incorporación de la responsabilidad de de las personas jurídicas y de los funcionarios públicos. Para este tipo de delitos los castigos van desde los 720 días de prisión hasta los 30 años de cárcel, acorde a la gravedad de los mismos.

Además se incorporan los delitos contra la biodiversidad el cual establece penas para quien sin autorización y en violación a la legislación y reglamentos nacionales y provinciales introduzca o libere en el ambiente un ejemplar de flora o fauna exótica invasora, de organismos o microorganismos genéticamente modificados y la alteración negativa de los componentes o estructura de la flora o del funcionamiento de los ecosistemas naturales. Para estos delitos se prevé penas que van desde los 12 días hasta los seis años de prisión.

También prevé una figura para la facilitación o instigación de incendios en bosques, arbustales o pastizales que causen un grave daño a elementos naturales, la flora, la fauna, los ecosistemas o el ambiente en general.

Se establecen penas para quienes no respetando las disposiciones vigentes cambiaren el uso del suelo forestal o del suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas.

Por otra parte se contempla además la protección de los humedales, temática de especial relieve en Argentina y particularmente para el Chaco.

Rodas, en el proyecto, señala que se hace necesario establecer un límite ético en el tratamiento de los animales, que hoy carecen de completa protección, hecho que considera necesario para terminar con el maltrato y la crueldad.

El capítulo cuarto se dedica a los delitos contra bosques nativos y protectores, habida cuenta del descontrol y destrucción de la flora, por lo que se penaliza el desmonte de bosques nativos o protectores, así como la extracción, destrucción, corte, arranque, derribe, tala de árboles o ejemplares de la flora de una especie protegida o en peligro de extinción.

Finalmente, el último capítulo de la iniciativa introduce un tipo penal novedoso: el daño al patrimonio genético, entendido como la variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. Su protección es fundamental para evitar su sustracción o comercialización maliciosa.

“El derecho a un medio ambiente sano es un derecho humano, un derecho humano fundamental, consagrado en nuestra Constitución Nacional, y sin el cual nuestra existencia peligra. Depende de nosotros mejorar lo que existe, introducir lo que falta, y utilizar la herramienta punitoria para responsabilizar a aquellos que buscan dañar y menoscabar nuestro planeta. Por nosotros, y por todas las generaciones futuras” finalizó diciendo Rodas.