La Justicia de San Juan aceptó el pedido de un hombre para que su ex pareja no aborte e hizo lugar la medida cautelar.
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La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería, que integran los jueces Juan Carlos Noguera Ramos, Sergio Orlando Rodríguez y Juan Carlos Pérez, resolvió dejar sin efecto la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la cautelar, publicó Infobae.
“Entendemos que la falta de acuerdo o disenso sobre asuntos de trascendencia familiar gestada a partir de la concepción, no puede estar sometida a la voluntad potestativa de ninguno de los cónyuges, incluyendo, claro está, la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo”, sostuvo el tribunal.
Ante esa situación, la Cámara resolvió hacer lugar a la “medida cautelar de no innovar”, y a la ex pareja del hombre le ordenó que “se abstenga de realizar cualquier práctica que tienda a interrumpir el embarazo hasta tanto la cuestión de fondo sea resuelta”.
“Estamos felices” porque la Justicia “reconoció la responsabilidad parental y los derechos del niño por nacer” y así “preservar la vida del bebé y los derechos del padre”, dijo a Diario de Cuyo la abogada Mónica Lobos, representante del hombre.
“Solo le pido que lo tenga y que me lo dé, yo no le voy a hacer faltar nada. Si después ella quiere continuar con su vida lo va a poder hacer”, había declarado el hombre que inició la batalla judicial.
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La discusión judicial que se presentó en San Juan fue toda una novedad y se presentó dentro del marco de un gran vacío legal ya que hasta la fecha no existía ningún fallo que obligara a una persona a continuar con el embarazo por pedido del padre del bebé y además es una situación que no está contemplada en la legislación sancionada en diciembre del año pasado en el Congreso con respecto al aborto.