Una mendocina era hostigada a “blanquear” su orientación sexual y la Corte lo reconoció como acoso laboral

Los ministros de la Suprema Corte anularon un primer fallo por no haber sido tratado con perspectiva de género y ordenaron un nuevo juicio.

La mujer era hostigada en el ambiente laboral. / imagen ilustrativa
La mujer era hostigada en el ambiente laboral. / imagen ilustrativa

Durante mucho tiempo, una mujer fue obligada y hostigada por sus jefes y compañeros de trabajo para “blanquear” su orientación sexual. Los jueces de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza anularon un fallo sobre este caso y reconocieron que sufría acoso laboral por lo que ordenaron un nuevo juicio.

La víctima ingresó en febrero del 2010 a trabajar en un Registro Automotor de Ciudad, donde realizaba tareas administrativas, y con el tiempo se volvió el blanco de un permanente acoso de parte de su entorno laboral para que “saliera del clóset”.

La mujer reveló que la obligaban a presentar a su pareja, lo que la llevó a inventar que tenía novio. Incluso, le ofrecían “presentarle candidatos” con el fin de que ella blanquee delante de todos cuáles eran sus preferencias sexuales.

Sin embargo, esto no bastó para que cesaran con los acosos, ya que la víctima comentó que continuaron cuando ella “decidió compartir con compañeros y compañeras de trabajo información sobre su orientación sexual”.

Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

La mujer denunció la violencia laboral

Fue en diciembre de 2016 que decidió hacer una denuncia ante la Subsecretaría de Trabajo en la oficina de violencia laboral y comenzó con licencia psiquiátrica, tras diagnosticársele síndrome depresivo ansioso. En enero de 2017, denunció su patología ante Prevención A.R.T. S.A. pero le rechazaron la cobertura.

La situación se fue agravando cuando en mayo del 2017 dejaron de pagarle el sueldo. Por lo que hizo un reclamo judicial por “acción sistémica y extrasistémica por daño moral” contra el empleador y contra Prevención A.R.T. S.A.

Pero ante la falta de pruebas de los agravios que recibió de parte de sus jefes y compañeros de trabajo, esta demanda no prosperó en primera instancia.

Fue entonces que optó por hacer una presentación ante la Suprema Corte de Mendoza y los ministros, Mario Adaro y José Valerio, ordenaron a anular el primer fallo y que se realice un nuevo debate, pero con perspectiva de género.

Para Adaro, a la desigualdad evidente de empleador y trabajadora hay que sumarle “la discriminación a la fue sometida en razón de su orientación sexual, hechos que motivaron los persistentes y reiterados actos hostiles que desencadenaron su malestar psíquico”.

“Circunstancias que, por lo demás, deben ser ancladas en contextos culturales signados por la existencia de múltiples barreras que dificultan tanto el acceso a un puesto laboral como la protección de los derechos en el ambiente laboral respecto a las personas de la comunidad LGTBI”.

En tanto que Valerio advierte que “los términos de la denuncia impetrada por la actora ante la Oficina de Violencia Laboral, constituyó un fuerte indicio de la violencia sexual y psicológica, maltrato laboral y social, acoso psicológico y sexual, así como discriminación y violencia simbólica a la que estaba siendo sometida, en un claro atropello a su orientación sexual en virtud de su identidad de género”.