Vacaciones de invierno en Tandil: qué está permitido en Fase 3

Durante el receso habrá restricciones y horarios reducidos en diferentes actividades

Municipio de Tandil - VIA TANDIL
Municipio de Tandil - VIA TANDIL Foto: Diego Flores

En vísperas de las vacaciones de invierno, el municipio de Tandil confirmó las actividades que están permitidas y las que no en la ciudad. Actualmente la ciudad está en Fase 3, con más de 600 casos activos y es por eso que las restricciones buscan reducir la cantidad de contagios.

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Actividades que están permitidas:

  • Gastronómicos podrán funcionar en el horario de 6:00 a 23:00 horas. Podrán continuar hasta las 00:00 horas a través de delivery o take away.
  • Las estaciones de servicio podrán funcionar en el horario de 6:00 a 00:00 horas.
  • Cines y museos podrán funcionar en el horario de 6:00 a 23:00 horas.
  • Teatros y salas de espectáculos de centros culturales también podrán reabrir sus puertas pero sin la venta de comidas y bebidas. Podrán funcionar en el horario de 6:00 a 23:00 horas.
  • Los consultorios de profesionales de la salud, laboratorios, centros de diagnóstico por imagen y farmacias podrán funcionar en el horario de 6:00 a 21:00 horas.
  • Las bibliotecas podrán funcionar a través de la modalidad de retiro y entrega de libros sin permanencia en el establecimiento.

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Actividades que están prohibidas:

  • Natatorios, gimnasios y demás actividades deportivas en espacios cerrados, a excepción de los supuestos previstos para natatorios y gimnasios en el decreto N°1715/21.
  • Actividades deportivas colectivas con o sin contacto de más de 10 personas en espacios al aire libre o cerrados.
  • Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados.
  • Ferias internadas y comerciales en espacios cerrados.
  • Casinos.
  • Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, espacios cerrados o al aire libre, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Servicios empresariales de catering a los que se refiere el decreto N°1661/20 y los servicios de entretenimientos de fiestas infantiles encuadrados en el decreto N°2025/20.
  • Talleres culturales en espacios cerrados.