En el marco de la pandemia de coronavirus, el gobernador Omar Perotti anunció nuevas medidas para la totalidad de las localidades del departamento Rosario, del Aglomerado Urbano Gran Rosario, en las localidades de Pujato y Coronel Amold (departamento San Lorenzo), y en las ciudades de Villa Constitución, Venado Tuerto y Firmat. La medida, que contempla la suspensión de actividades comerciales, comenzará a regir este 29 de agosto, y por 14 días corridos, desde las 19:30 horas.
Con posterioridad al horario establecido, los desplazamientos de las personas en las localidades comprendidas en el mismo deberán limitarse estrictamente a los necesarios por razones de salud o de fuerza mayor, o para el retorno a sus domicilios, siendo obligatorio en todos los casos el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón correctamente colocados.
"Desde las 19:30 no va a haber ninguna actividad de ningún tipo. La idea es disminuir circulación y no actividades, queremos disminuir la tasa de contagio, y la decisión es el cierre de todas las actividades. Después de esa hora, farmacias de turno y comercios que trabajen con take way (hasta las 22 horas) y delivery (hasta las 23 horas)", destacó el gobernador Omar Perotti.
Decreto 922 de Santa Fe by Noel Nardone
Los rubros alcanzados
En el decreto 922 se dejó en claro cuáles son las actividades alcanzadas por este cierre anticipado: comercio mayorista y minorista de mercadería de rubros tanto esenciales como no esenciales, con excepción de las farmacias de turno; locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados) que solo podrán permanecer abiertos hasta las 23 para brindar los servicios de envío a domicilio, y hasta las 22 bajo la modalidad "para llevar" (también llamada "take away"), con la dotación mínima de personal estrictamente necesario a esos fines.
Tampoco podrán superar ese horario los shoppings y centros comerciales, cementerios, obras privadas, actividad laboral de empleados domésticos, actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas, colegios profesionales y universidades, ejercicio de profesiones liberales (incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad inmobiliaria y mudanzas), gimnasios, actividades religiosas y salidas breves para caminatas de esparcimiento.
También está prohibida desde esa hora la apertura al público de los museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados, pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas, actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo, preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales, enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista en tal carácter, o integrado a un espacio colectivo, institución o establecimiento, actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.