El análisis del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores con menores ingresos será retomado este miércoles por la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados.
Así lo hará en el marco de una reunión convocada para las 11 en el segundo piso de Anexo C de la Cámara de Diputados, en la que el oficialismo aspira a emitir un dictamen de mayoría en respaldo a la iniciativa, con el fin de poder llevarla al recinto la próxima semana.
El estudio del proyecto del Poder Ejecutivo comenzó el jueves último en la comisión que preside el oficialista Carlos Heller, con la presencia del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto; la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, y el director general de Aduanas, Guillermo Michel, quienes expusieron sobre los lineamientos principales de la iniciativa.
El viernes último, en el marco del acto convocado por la CGT, la CTA y movimientos sociales en la Plaza del Congreso, el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, pidió el “apoyo” de legisladores y legisladoras para que se dé fuerza de ley en el Congreso al proyecto para “devolver el IVA a sectores de menores ingresos”.
La iniciativa -de nueve artículos- aclara que la medida comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024 y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
Para quiénes sería el beneficio del reintegro del IVA
En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.
El proyecto precisa también que “están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo”.
En el artículo 4 del proyecto establece que “el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes”.