Insólito en Córdoba: denunció penalmente por “extorsión” al Colegio Nacional de Monserrat

El caso llegó hasta la Justicia Federal, donde la acción legal fue también desestimada.

Insólito en Córdoba: denunció penalmente por “extorsión” al Colegio Nacional de Monserrat
Insólita denuncia contra el Colegio Nacional de Monserrat. (Nicolás Bravo / La Bravo)

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la desestimación de una denuncia por presunta extorsión. Esta acción fue presentada por un abogado contra el Colegio Nacional de Monserrat, ubicado en pleno Centro de la ciudad. El conflicto se generó por la exigencia del pago a la cooperadora como condición necesaria para realizar la matriculación de dos niños.

En este aspecto, la Sala B de la Cámara, integrada por Liliana Navarro, Abel Sánchez Torres y Graciela Montesi, validó la resolución del juez N° 3, Miguel Hugo Vaca Narvaja. Este había desestimado la denuncia previamente a pedido del fiscal N° 2, Carlos Casas Nóblega.

Denunció penalmente por “extorsión” al Colegio Monserrat

El abogado Alexis Omar Bonugli inició la causa penal contra el director del Monserrat, Aldo Sergio Guerra, y otros posibles responsables. Bonugli relató haber comenzado el trámite digital de inscripción de sus hijos para 2024 el 18 de diciembre de 2023. Adjuntar el comprobante de pago de la asociación cooperadora era uno de los requisitos obligatorios para culminar la gestión.

El denunciante afirmó que la presunta extorsión comenzó el 27 de febrero, cuando la matrícula fue rechazada por la falta de este pago. Bonugli mencionó haber sentido “angustia, miedo e intimidación”. Indicó que, tras 30 horas de desconsuelo, sucumbió ante aquel sentimiento y se vio obligado a efectuar el pago para que sus hijos no perdieran el colegio, a cinco días del comienzo de clases.

El fiscal recordó que, para configurarse el delito de extorsión, se requiere la existencia de una amenaza concreta e idónea de causar un mal. Mediante el temor provocado, la víctima debe ser llevada a disponer de su patrimonio. El representante del Ministerio Público Fiscal estimó que el pedido de dinero del colegio no poseía la idoneidad intimidante requerida. Sostuvo que la sola exigencia escrita o verbal de dinero que se estima adeudado no tiene la entidad necesaria para configurar un hecho extorsivo. El reclamo perseguía fines vinculados al funcionamiento institucional y la comunidad educativa. Este criterio colocó la discusión en el plano administrativo y no en el ámbito penal.

La camarista Navarro, con la adhesión de sus pares, señaló que el sistema informático que condicionaba la matriculación al pago, junto a otros requisitos, no contenía un elemento de entidad suficiente. Este factor que se presenta tampoco logró coartar la libertad de decisión del progenitor o compelerlo bajo intimidación a una disposición patrimonial indebida. Los magistrados recordaron que Bonugli conocía los 11 requisitos ineludibles exigidos desde diciembre de 2023. La institución notificó el rechazo el 27 de febrero, decisión que no obedeció únicamente a la falta de acreditación de la cooperadora. Faltaba también la presentación de la constancia de Cuil y la autorización para el retiro anticipado de uno de los hijos. Las consecuencias informadas al denunciante, en realidad, eran una derivación lógica ante el incumplimiento de las exigencias.

La Cámara puntualizó que, si bien los aportes a las cooperadoras persiguen la legítima finalidad de colaborar con el funcionamiento de la comunidad educativa, la discusión sobre la obligatoriedad de su pago constituye una cuestión de índole administrativa. Los jueces cerraron el caso, enfatizando que el denunciante, dada su calidad de abogado, sabía que disponía de la posibilidad de canalizar su planteo por las vías pertinentes antes del vencimiento del plazo de inscripción. Cabe destacar que, por otro lado, sigue en pie otra causa por una nueva denuncia penal del abogado contra personal del Monserrat por presuntas lesiones leves, también desestimada en primera instancia y apelada.