La Corte Suprema de Justicia resolvió este martes que para el cobro retroactivo de haberes jubilatorios se debe aplicar un índice de cálculo que arroja aumentos superiores a los que actualmente abona la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
ULTIMO MOMENTO - La Corte falló a favor de los jubilados
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Lo decidió el máximo tribunal en un caso, el de Luis Orlando Blanco, pero que se proyecta a decena de miles de demandas que tramitan en su seno y en el fuero federal y de la Seguridad Social de todo el país.
El fallo contó con los votos de Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton -consideró que ambas resoluciones debían declararse nulas-. Por su parte, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, apoyó la posición del Gobierno, lo que dejó la sentencia a favor de Blanco por 4 a 1.
Este es el fallo con el que la Corte Suprema avaló un índice de actualización diferente al que aplica la ANSES para calcular las jubilaciones y la actualización de sentencias ⬇️https://t.co/GoN263yR5s pic.twitter.com/hDGXE7vErD
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Los jueces declararon inconstitucionales dos resoluciones: la 56/2018 de la ANSES y la 1/2018 de la Secretaría de Seguridad Social, que tomaban la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) como indicador para actualizar el haber inicial y el pago de sentencias de quienes iniciaron juicios.
Hasta que el Congreso brinde un nuevo índice para calcular el haber inicial, las actualizaciones se harán con el índice Isbic. Cabe destacar que hay 150.000 casos pendientes de resolución que se resolverán en base a este precedente.
En el caso de Blanco, expediente CSJ 42.272/2012, la Corte rechazó el recurso del Estado y ratificó lo decidido en segunda instancia por la Cámara Federal de Seguridad Social.
