Restricciones en Tandil: conocé las actividades que se pueden realizar durante el fin de semana

Las medidas regirán hasta el próximo domingo 6 de junio.

Municipio de Tandil - VIA TANDIL
Municipio de Tandil - VIA TANDIL Foto: Diego Flores

El Municipio de Tandil precisó cuáles son las actividades que se podrán realizar hasta el próximo domingo 6 de junio, en el horario de 6:00 a 18:00 horas. Se aplicarán con el objetivo de reducir la cantidad de contagios en la ciudad.

A partir del próximo sábado 5 de junio quedarán suspendidas la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

//Mirá también: cuáles son las medidas que analizan para evitar cierres masivos

Actividades que están permitidas:

  • Salidas recreativas en espacios públicos de forma individual o con el grupo conviviente en lugares de cercanía.
  • Comercios: estarán habilitados exclusivamente los esenciales y aquellos que cuenten con servicio de entrega a domicilio.
  • Gastronómicos: podrán trabajar a través de delivery y take away.

Actividades prohibidas:

  • No están autorizadas las actividades y reuniones sociales en espacios cerrados o al aire libre, sean públicos o privados, incluidos domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que necesiten cuidados especiales.
  • Aquellos locales comerciales multirubros que ofrezcan distintos tipos de bienes deberán realizar la venta de sus productos bajo la forma que indica el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334/21.
  • Reuniones sociales en espacios abiertos y cerrados.
  • Actividades deportivas de manera presencial.
  • Ceremonias religiosas.

//Mirá también: El Concejo Deliberante pidió por la atención en el interior de los comercios

Quiénes quedan exceptuados del horario permitido

  • Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
  • Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.
  • Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
  • Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
  • Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas.
  • Las estaciones de servicio podrán vender combustible después de las 18:00 horas únicamente para la atención de vehículos oficiales y/o afectados a actividades o servicios esenciales así reconocidos por el Gobierno Nacional.
  • Establecimientos cuya actividad consista en el expendio de comidas y bebidas podrán funcionar de 18:00 a 23:00 horas únicamente a través de la forma de delivery.
  • Servicios de transporte público de pasajeros.