Voto joven en Santa Fe: el Tribunal Electoral descartó dar marcha atrás

El organismo judicial respondió que la habilitación no amplía el padrón y no eleva el piso de las PASO 2023.

Las personas de 16 y 17 años pueden participar en comicios nacionales desde 2013.
Las personas de 16 y 17 años pueden participar en comicios nacionales desde 2013.

La implementación del voto joven de cara a las elecciones 2023 en Santa Fe sigue en pie a pesar del reclamo de uno de los partidos que compiten. El Tribunal Electoral de la Provincia (TEP) rechazó el recurso de reconsideración de la medida y este lunes ratificó su postura frente al tema.

El organismo judicial defendió su posición como órgano constitucional para habilitar la participación de personas de 16 o 17 años de edad en los comicios. Este régimen optativo se encuentra vigente a nivel nacional desde 2013.

El presidente Daniel Erbetta y otros integrantes argumentaron que el TEP debe actuar “en pos de una ampliación de derechos y procurando la mínima restricción de los derechos políticos”. Luego concluyeron que la autorización del voto joven es un caso particular en ese marco general de acción.

Previamente, el Partido País había planteado que la medida implicaba una ampliación del padrón electoral y, por ende, elevaba la cantidad de sufragios necesarios para superar las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). Las autoridades a cargo lo negaron y explicaron que las personas menores de edad pueden abstenerse de ir a las urnas, de modo que no se cuentan para definir el piso.

El Tribunal Electoral concluyó que el recurso fue producto de un “error de lectura” de la resolución que habilitó el voto joven en Santa Fe. A continuación, aseveró que todas las cuestiones técnicas o procedimentales son “perfectamente subsanables” dentro del proceso para llevar a cabo los comicios.

¿Por qué rechazan la aplicación del voto joven en Santa Fe?

Según el análisis de los representantes legales del Partido País, el voto joven debe implementarse por ley en Santa Fe. Esto implica una reforma de la Constitución provincial, ya que el artículo 29 establece que sólo pueden participar de las elecciones quienes hayan cumplido 18 años de edad.

Ante este escenario, el abogado patrocinante Domingo Rondina espera que la Corte Suprema se pronuncie antes de las PASO. Luego planteó que el rechazo del recurso de reconsideración es una “estrategia de dilación” del TEP.

El letrado que asesora a los apoderados Néstor y Mario Deschi advirtió que la implementación del voto joven en Santa Fe aún no está firme. Al respecto, señaló que todavía falta la respuesta sobre el recurso de inconstitucionalidad.