La Corte de Santa Fe pone la lupa sobre el voto joven en las elecciones 2023

El máximo tribunal admitió un pedido de avocación para evaluar si la ampliación del padrón puede aplicarse.

La Corte de Santa Fe pone la lupa sobre el voto joven en las elecciones 2023
La provincia es la única de Argentina que aún no habilitó el sufragio desde los 16 años de edad.

Dos semanas después de la habilitación del voto joven en Santa Fe, la Corte Suprema aceptó este martes un pedido para revertir la resolución del Tribunal Electoral de la Provincia (TEP). De esta forma, la impugnación del Partido País superó el primer escollo en busca de dar marcha atrás con la decisión.

La ampliación del padrón para las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 16 de julio cuenta con el aval del juez ministro Daniel Erbetta y el procurador Jorge Barraguirre. Para que la medida se revise antes de los comicios, ambos se excusaron y no intervendrán en el análisis.

El juez de la Corte Suprema de Santa Fe, Roberto Falistocco, abrió dos caminos posibles para responder al pedido de inhabilitación del voto joven. La primera opción es que el TEP se expida frente al reclamo por la inconstitucionalidad de la resolución que dictó a mediados de mayo.

Por otra parte, el máximo tribunal puede hacerse cargo de ratificar o dejar sin efecto la ampliación del padrón para que participen personas de 16 y 17 años de edad. En ese caso, Erbetta se mantendrá al margen porque ya se pronunció a favor.

Si la Corte opta por analizar la impugnación del Partido País, la respuesta quedará en manos de Falistocco y el resto de los ministros: Eduardo Spuler, Rafael Gutiérrez, Mario Netri y María Angélica Gastaldi. Mientras tanto, el TEP ya encargó la impresión de los padrones y el tiempo es un factor decisivo para cualquier modificación.

¿Por qué impugnaron la habilitación del voto joven en Santa Fe?

Los representantes del Partido País plantearon que la implementación del voto joven requiere la sanción de una ley. Dado que el Tribunal Electoral lo hizo a través de una resolución, consideran que esta medida viola la Constitución de Santa Fe.

Además de esta cuestión, el abogado Domingo Rondina argumentó que el cambio de reglas en medio del proceso impide revisar si están en condiciones de participar las 100.000 personas que se agregan al padrón. Finalmente, señalaron que esta ampliación perjudica a las fuerzas políticas más pequeñas en las PASO, ya que eleva la cantidad de sufragios equivalentes al 1,5 % del total de electores habilitados como piso para los comicios generales.