En la Municipalidad de Rafaela siguen esperando el decreto nacional

Todavía no se publicó el DNU para ver como se aplica en nuestro territorio.

En la Municipalidad de Rafaela siguen esperando el decreto nacional
Fachada Municipalidad de Rafaela (web)

Fuentes oficiales indicaron a VíaRafaela que todavía no hay definiciones sobre cómo se aplicarán las restricciones anunciadas por el presidente Alberto Fernández en nuestra localidad.

La ciudad es cabecera del departamento Castellanos, uno de los 85 distritos que están con mayor riesgo epidemiológico en todo el país y uno de los 5 de la provincia: San Lorenzo, Rosario, Constitución, San Martín.

Vale destacar que el decreto nacional es marco: esto quiere decir que, el gobernador Perotti sólo podría aumentar las restricciones y no flexibilizarlas. Pero, por ahora, no hay información oficial acerca de cómo se aplicará.

Estas medidas de cuidado estarán vigentes desde las 0 horas de este viernes 9 de abril hasta el 30 de abril. El Gobierno Nacional evaluará cuidadosamente la correcta implementación de las medidas.

Castellanos, el segundo “peor”

Recordemos que el decreto N° 167/2021 del Poder Ejecutivo Nacional prorrogó la emergencia sanitaria por coronavirus hasta el 31 de diciembre de 2021. Allí se determinan dos criterios para determinar los riesgos epidemiológicos: la razón y la incidencia.

La razón de los casos es un coeficiente matemático: será necesario aplicar restricciones cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos sea superior a 1,20.

La incidencia se refiere a cuando el número de casos confirmados en la última quincena es superior a 150, por cada 100.000 habitantes.

En el departamento Castellanos es el segundo en cada caso. En razón, detrás de Caseros (1.74 contra 1.39) y de la incidencia, de San Lorenzo (283.52 contra 245.55).

Las nuevas restricciones del Gobierno

-Se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

-En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario es facultad y responsabilidad de gobernadores y gobernadoras adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. Ello es así, pues es del resorte exclusivo de las provincias el monitorear y hacer cumplir cualquier medida restrictiva de la circulación.

-En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas;

a. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.

b. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

c. Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.

d. Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

e. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.

f. Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.