La Confederación General del Trabajo (CGT) se presentó ante la Justicia para frenar la aplicación de la Reforma Laboral que fue promulgada este viernes por el Poder Ejecutivo Nacional y entró en plena vigencia.

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A través de sus letrados, la central obrera solicitó un recurso de amparo en un escrito firmado por el triunvirato integrado por Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio).
Por sorteo, el pedido recayó en el Juzgado Contencioso N°7 que está a cargo de Enrique Lavié Pico, magistrado que rechazó dos amparos contra el decreto 70/2023.
La presentación es contra el Estado nacional y pide “la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91” que eliminan la Justicia Nacional de Trabajo y el traslado de competencias laborales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sostiene que se cerrarán unos 30 juzgados lo cual hará colapsar el sistema y la aplicación de justicia para los trabajadores.
Por otro lado, los representantes sindicales apuntan que la ley fue tratada en sesiones extraordinarias y señalan que “se ha omitido con claridad un recaudo previsto en el art. 99 inciso 9 de la Constitución Nacional”, que exige invocar un grave interés de orden o progreso para convocar al Congreso fuera del período ordinario.
De esta forma, la estrategia de la CGT apunta a cuestionar la constitucionalidad de la norma por factores de forma en el desarrollo de los litigios, y, por el momento, omite atacar los puntos que afectan directamente a los derechos de los trabajadores.
Según fuentes sindicales, en los próximos días la CGT se presentará otra acción en el fuero laboral, que se complementará con acciones individuales de los gremios en juzgados de primera instancia para terminar de cerrar el cerco judicial contra la reforma.
De esta forma, se abre el capítulo judicial de la reforma laboral, que es donde verdaderamente se verificará la eficacia de la ley, dado que se esperan fallos contradictorios y apelaciones ante tribunales superiores que demoraran una vigencia plena. Por otro lado, es posible que en el transcurso de los días existan más presentaciones en el mismo sentido que complicarán aún más su implementación.
El escenario más probable es que varios de los aspectos de la ley terminen siendo saldados por la Corte Suprema de la Nación.
Es por ello, que en su último informe, la agencia calificadora de riesgo Moody’s advirtió que el impacto será limitado en el corto plazo.
“Es probable que los beneficios económicos y crediticios a corto plazo sean limitados y se materialicen de forma gradual y desigual entre los sectores en medio de desafíos sociales y legales que incluyen resistencia sindical, riesgos de litigios y de implementación”, escribió la firma.
La defensa del estado ante la escala judicial será ejercida por el nuevo Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio.
La estrategia judicial que adoptó la CGT despertó algunas suspicacias y se esperan los próximos pasos. Es que distintas fuentes sugieren que los popes sindicales pactaron con el Gobierno a cambio de sostener el financiamiento de las cajas y mantener la ultractividad de los convenios.
El lunes pasado la central obrera realizó una manifestación en la puerta de los Tribunales sin demasiada repercusión y hay quienes creen que las acciones judiciales encaradas no lograrán modificar los aspectos sustanciales de la ley en cuanto a la afectación de los derechos de los trabajadores.
En ese momento, los discursos de los sindicalistas apuntaban a destacar que se vulneraban los derechos de los trabajadores porque los cambios ponen en riesgo derechos históricos y facilitan la flexibilización.
Sin embargo el primer paso judicial apunta a las formas de la ley y por el momento no se ocupa de la situación de los trabajadores, lo cual habría quedado para una segunda etapa.
Otro punto que por el momento no se cuestionó fue la creación del (Fondo de Asistencia Laboral), que implica una pérdida de recursos para la ANSES.
El BCRA fijó la tasa
Por otro lado, Banco Central habilitó un sistema oficial para determinar la tasa de interés que se aplica sobre las indemnizaciones, en cumplimiento del artículo 55 de la ley.

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Así determinó la Tasa de Interés Pasiva para los juicios laborales y habilitó una calculadora on line para que los interesados ingresen los montos y las fechas entre las cuales se deben actualizar los montos de las demandas.
De esta forma, se reduce la arbitrariedad de los jueces para fijar los montos indemnizatorios, que en muchos casos trepaban a sumas varias veces millonarias, incompatibles con los salarios que daban origen a las demandas.
