Este jueves fue publicada la acordada de la Suprema Corte mediante el Boletín Oficial. En la misma se dispone la compensación de horas para las personas que no las trabajaron por realizar medidas de fuerza.
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En el escrito se expresa que se reunieron los días 20 y 21 del corriente mes representantes de la Asociación Gremial de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial, el Cuerpo Paritario Central y de este Poder. El objetivo de los judiciales era tratar la devolución de los salarios descontados por los días de paro durante el mes de julio y el no descuento de los días de paro del mes de agosto.
Como solución a la problemática se acordó “aprobar el procedimiento administrativo de adhesión voluntaria destinado a los agentes dependientes de esta Suprema Corte, respecto a la compensación de las horas no trabajadas en ejercicio del derecho de huelga los días 8, 29 y 30 de julio y 12, 19, 20, 30 y 31 de agosto del corriente año”.
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Si bien la fecha estipulada ya caducó el informe explicita que “el agente pactará con el responsable de la dependencia donde cumple funciones, el mecanismo de devolución presencial de las horas no cumplidas, hasta totalizar dicha devolución efectiva antes del 30 de noviembre. El responsable de la dependencia deberá comunicar a la Dirección de Recursos Humanos, copia del cronograma completo que se hubiera dispuesto”.